BOC - 1994/133. Lunes 31 de Octubre de 1994 - 1679

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Economía y Hacienda

1679 - DECRETO 214/1994, de 17 de octubre, por el que se delega en el Consejero de Economía y Hacienda la concesión de avales de tesorería a las empresas agrícolas del sector tomatero canario.

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La Ley 4/1992, de 6 de julio, modificó el importe de los avales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992, estableciendo la posibilidad de otorgar en primer aval hasta cuatro mil millones de pesetas a empresas del sector agrícola tomatero con domicilio social en Canarias y que realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma su actividad con duración máxima de un año para crédito de campaña para la zafra 1992/93.

Dicha Ley fue desarrollada por el Decreto 121/1992, de 14 de julio, que reguló las condiciones y procedimientos de otorgamiento de los citados avales y subvenciones.

El Decreto 123/1992, de 30 de julio, delegó en el Consejero de Economía y Hacienda el otorgamiento de los avales.

El Decreto 311/1993, de 10 de diciembre, por el que se conceden, a las empresas agrícolas del sector tomatero canario, nuevos avales en sustitución de los avales otorgados para la campaña 1992/93, y se establecen las condiciones de otorgamiento y formalización de los mismos.

Con el fin de agilizar la tramitación administrativa de tales avales, en aplicación del principio de eficacia, se hace preciso delegar el otorgamiento de los mismos, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en el órgano que se considera más idóneo a tal fin.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 213/1994, de 17 de octubre, por el que se autoriza la refinanciación o novación de los avales otorgados mediante Decreto 311/1993, de 10 de diciembre, a las empresas agrícolas del sector tomatero canario y se establecen sus condiciones de otorgamiento y formalización, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 17 de octubre de 1994,

D I S P O N G O:

Uno.- Se delega en el Consejero de Economía y Hacienda la concesión de los avales a las empresas agrícolas del sector tomatero canario. Dos.- La concesión de los avales a que se refiere el número anterior, deberá realizarse de conformidad con lo establecido en el Decreto 213/1994, de 17 de octubre, por el que se autoriza la refinanciación o novación de los avales otorgados mediante Decreto 311/1993, de 10 de diciembre, a las empresas agrícolas del sector tomatero canario y se establecen sus condiciones de otorgamiento y formalización.

Tres.- El Consejero de Economía y Hacienda dará cuenta al Gobierno de los avales concedidos conforme a lo establecido en este Decreto.

Cuatro.- La delegación que se contiene en el presente Decreto, surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre de 1994. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.



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