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BOC Nº 105. Viernes 26 de Agosto de 1994 - 1396

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1396 - RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 1994, de la Dirección General de Personal, por la que se conceden licencias por estudios, para el curso 1994/95, destinadas a funcionarios de carrera de Cuerpos docentes no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, convocadas por Resolución de 25 de mayo de 1994.

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Por Resolución de 25 de mayo de 1994, de esta Dirección General (B.O.C. nº 70, de 8.6.94), se convocaron licencias por estudios, para el curso 1994/95, destinadas a funcionarios de carrera de Cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Estudiadas las reclamaciones presentadas contra las listas provisionales, publicadas por Resolución de 19 de julio de 1994, de esta Dirección General, en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación.

Vistos los informes preceptivos de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado séptimo de la Resolución de 25 de mayo.

Esta Dirección General, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 13.c) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre (B.O.C. de 9 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V E:

1º) Hacer pública la lista definitiva de concesión de licencias por estudios, que figura en el anexo.

2º) Dichas licencias por estudios se conceden por todo el curso académico 1994/95, según las fechas que establezcan las correspondientes disposiciones que regulen la organización y funcionamiento de los Centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias para el citado curso.

3º) Una vez hecha pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, las licencias por estudios concedidas serán irrenunciables, pudiendo, no obstante, ser revocadas en la forma dispuesta en la Orden de 29 de marzo de 1993, modificada por la Orden de 10 de mayo de 1994, por la que se establece el régimen de concesión de licencias por estudios para funcionarios docentes.

4º) Al término de la licencia concedida, el funcionario deberá presentar una memoria global del trabajo desarrollado o certificación académica de los estudios realizados en el Servicio de Inspección Educativa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa comunicación a esta Dirección General, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 1994.- El Director General de Personal, p.a., el Director General de Promoción Educativa, Jesús León Lima (Orden de 12.7.94; B.O.C. nº 89, de 22.7.94).

A N E X O

ÁLAMO MOLINA, AGUSTÍN 42.69l.716 ALONSO SANTOS, CORONA 5.340.789 HORVATH CEA, ANA Mª 42.862.080 FERRERO CAMPOS, FRANCISCO 19.473.930 LECUONA TORRES, SALVADOR 42.034.811 PÉREZ RAMIS, IVETTE 43.776.138 PÉREZ ESTEBAN, JOSÉ A. 42.807.588 BARRETO ROMERO, Mª CANDELARIA 42.692.313 NEGRÍN NEGRÍN, ANTONIA Mª 42.006.783 PRADO FERNÁNDEZ, CONCEPCIÓN 34.903.394 RAMÍREZ MESA, LIDIA E. 42.793.394 RODRÍGUEZ SUÁREZ, JESÚS Mª 42.932.164 SÁNCHEZ ESTÉVEZ, JOSÉ DANIEL 42.035.665 SÁNCHEZ PÉREZ, CARMEN TENESOYA 43.655.033 SUÁREZ FALCÓN, Mª VICTORIA 43.651.120

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