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1994/102 - Viernes 19 de Agosto de 1994

VI. ANUNCIOS
Subastas y concursos de obras,
C.Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 1795 Orden de 27 de julio de 1994, por la que se rectifica la Orden de 29 de junio de 1994, que resuelve el concurso para la contratación del servicio de transporte escolar para los cursos 1994/95 a 1996/97, con destino a los alumnos no universitarios de Canarias (B.O.C. nš 100, de 15.8.94).

La Orden de esta Consejería de 29 de junio, que resuelve el concurso para la contratación del servicio de transporte escolar discrecional con destino a los alumnos no universitarios de Canarias, disponía la adjudicación de la ruta nš 36, de Santa Cruz de Tenerife, a D. Domingo Conrado Plasencia. Sobre la base de lo expuesto por este interesado en su solicitud de fecha 18 de julio, él mismo fue inducido a error por la falta de legibilidad del Pliego de Prescripciones Técnicas que rige esta contratación, presentando oferta por la ruta nš 36, cuando en realidad pretendía hacerlo por la nš 236.

Como quiera que, de acuerdo con los vehículos ofertados, dicho adjudicatario estaría imposibilitado para desempeñar dicha ruta, ya que carece de vehículos suficientes con las características necesarias para el desempeño simultáneo de todas las rutas adjudicadas, procede modificar la Orden resolutoria del concurso.

Por todo ello, vista la solicitud del interesado, así como la memoria-propuesta de la Dirección General de Promoción Educativa de fecha 20 de julio de 1994, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que faculta a la Administración para rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales existentes en sus actos,

D I S P O N G O:

Proceder a la rectificación de la Orden de esta Consejería de 29 de junio de 1994, por la que se resuelve el concurso para la contratación del servicio de transporte escolar para los cursos de 1994/95 a 1996/97, con destino a los alumnos no universitarios de Canarias, en el sentido de excluir de su anexo II la adjudicación de la ruta nš 36 de Santa Cruz de Tenerife a D. Domingo Conrado Plasencia, así como en el sentido de incluir en el anexo III de dicha Orden la mencionada ruta, declarándola desierta.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de 2 meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de julio de 1994.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Mendoza Cabrera.

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