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1994/102 - Viernes 19 de Agosto de 1994

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Política Territorial

Regresar al sumario 1350 ORDEN de 16 de agosto de 1994, por la que se deja sin efecto la suspensión de cazar en la isla de La Palma, a excepción de las zonas quemadas por el incendio sufrido durante la semana del 8 al 14 de agosto.

Por Orden de 10 de los corrientes se suspendió la práctica de la caza mayor y menor en toda la isla de La Palma, con motivo del grave incendio declarado el día 7 de agosto.

Habiendo desaparecido las causas que motivaron dicha Orden, a la vista del informe del Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de fecha 16 de agosto, y en función de las facultades que tengo conferidas,

D I S P O N G O:

1. El cese de la suspensión ordenada en la Orden de 10 de agosto.

2. Prohibir la caza mayor y menor en las zonas quemadas, términos municipales de Santa Cruz de La Palma, Breña Alta y El Paso, como consecuencia del incendio padecido, de acuerdo con lo que disponen los artículos 31.3 de la Ley de Caza, de 4 de abril de 1970, y 33.3 de su Reglamento.

3. La presente Orden surtirá efecto desde la fecha de su emisión.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de agosto de 1994.

EL CONSEJERO DE

POLÍTICA TERRITORIAL,

Fernando Redondo Rodríguez.

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