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1994/099 - Viernes 12 de Agosto de 1994

VI. ANUNCIOS
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C.Pesca y Transportes

Regresar al sumario 1744 RESOLUCIÓN de 30 de junio de 1994, de la Dirección General de Transportes Terrestres, sobre notificación de denuncias -Pliego de Cargos- a titulares de vehículos, por ignorarse su domicilio.

No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga y conforme al artē. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 16/1992, de 26 de noviembre),

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido por esta Dirección General por infracción a la legislación de transporte por carretera.

Los interesados disponen de un plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) TITULAR: Manuel Pérez Hernández; Nē EXPTE.: TF-1150-O-92; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-1138-O; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, artē. 198.b) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un transporte privado complementario de mercancías (material eléctrico), careciendo de autorización administrativa.

2) TITULAR: María Luisa Rosón Cavero; Nē EXPTE.: TF-2687-O-93; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-6637-AU; INFRACCIÓN: artē. 142.c) Ley 16/1987, artē. 199.c) Real Decreto 1.211/1990, Orden Ministerial de 25.10.90; CUANTÍA: 15.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de los distintivos exigidos por la normativa vigente.

3) TITULAR: Comercial Pastelbar, S.L.; Nē EXPTE.: TF-2778-O-93; POBLACIÓN: La Laguna; MATRÍCULA: TF-9665-AP; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes.

4) TITULAR: Luis de la Rosa Torres; Nē EXPTE.: TF-2833-O-93; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-5022-X; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa.

5) TITULAR: Manuel Sosa Méndez; Nē EXPTE.: TF-2854-O-93; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-8258-AV; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa.

6) TITULAR: Comercial Pastelbar, S.L.; Nē EXPTE.: TF-0593-O-94; POBLACIÓN: La Laguna; MATRÍCULA: TF-8243-AS; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) en relación con el artē. 140.h) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) en relación con el artē. 197.i) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes.

7) TITULAR: Comercial Pastelbar, S.L.; Nē EXPTE.: TF-0836-O-94; POBLACIÓN: La Laguna; MATRÍCULA: TF-8243-AS; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) en relación con el artē. 140.h) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) en relación con el artē. 198.i) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 1994.- El Director General de Transportes Terrestres, Manuel Fajardo Feo.

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