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Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 81/1994, de 13 de mayo (B.O.C. de 20), por el que se crean por el Gobierno de Canarias las Escuelas Oficiales de Idiomas de los Cristianos (Arona), Arrecife, Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana), San Sebastián de La Gomera y Santa Cruz de La Palma para satisfacer la creciente demanda de enseñanzas de idiomas.
Esta Consejería ha dispuesto:
Primero.- Las Escuelas Oficiales de Idiomas que a continuación se relacionan, desarrollan sus actividades con efectos de 1 de enero de 1994, impartiendo las enseñanzas de los idiomas que se indican:
1. Los Cristianos (Arona). Francés e Inglés.
2. Arrecife. Inglés, Francés y Alemán.
3. Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana). Inglés y Alemán.
4. San Sebastián de La Gomera. Inglés. 5. Santa Cruz de La Palma. Inglés y Alemán.
Segundo.- Las enseñanzas de los idiomas que se autorizan en las citadas Escuelas, se impartirán curso a curso, de forma progresiva, a partir del curso académico 1993/94.
Tercero.- Por las Direcciones Generales, y dentro de sus correspondientes competencias, se adoptarán las medidas que estimen oportunas para el mejor cumplimiento de cuanto se dispone en la presente Orden.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de julio de 1994.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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