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1994/089 - Viernes 22 de Julio de 1994

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Presidencia y Turismo

Regresar al sumario 1152 DECRETO 129/1994, de 1 de julio, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de la ejecución del Proyecto de “Ampliación y mejora de la carretera insular TF-2112 de La Orotava a Los Realejos”.

Examinado el expediente tramitado a instancia del Cabildo Insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución del Proyecto de “Ampliación y mejora de la carretera insular TF-2112 de La Orotava a Los Realejos”, y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente, como son:

1. La utilidad pública, que queda implícita en la aprobación definitiva del referido Proyecto por el Cabildo Insular de Tenerife, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 1993.

2. La necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, por su destino al uso público y su urgencia motivada, según se desprende de la documentación remitida por la Corporación porque la vía objeto de tratamiento discurre en gran parte por suelo urbano, con edificaciones próximas a la calzada y sin estar urbanizados sus márgenes, con el consiguiente peligro tanto para los peatones que la transitan como para los vehículos, al tratarse de una vía con un ancho irregular, con tramos muy estrechos y un firme muy deteriorado, deficiencias que se pretenden evitar con las obras que este Proyecto encierra, las cuales van encaminadas a ampliar y mejorar la carretera dotándola de una plataforma adecuada a su condición urbana, mejorando el trazado de firme y el drenaje, así como urbanizando sus márgenes, actuaciones que sin duda alguna erradicarán en gran medida los peligros hoy existentes.

3. La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido según se desprende del expediente aportado por la Corporación.

4. Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en el periodo de información pública, por plazo de quince días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 90, de fecha 27 de julio de 1992.

Asimismo se practicó la notificación individual a cada uno de los afectados por el procedimiento expropiatorio, produciéndose siete alegaciones que fueron resueltas por acuerdo del Pleno en sesión celebrada el día 25 de marzo de 1993, modificándose en consecuencia la relación de bienes y derechos, siendo objeto de nueva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 18, de fecha 11 de febrero de 1994, planteándose nueva alegación que fue estimada por acuerdo plenario de 28 de marzo de 1994, modificándose nuevamente la relación de bienes y derechos afectados.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4-3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y el artículo 8.1.d) del Decreto 229/1993, de 29 de julio, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Turismo, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de Presidencia y Turismo y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 1 de julio de 1994,

D I S P O N G O:

Uno.- Declarar urgente, a solicitud del Cabildo Insular de Tenerife, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Proyecto “Ampliación y mejora de la carretera insular TF-2112 de La Orotava a Los Realejos”.

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular, ante el organismo expropiante y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes actas previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de 2 meses desde su notificación o publicación, en su caso, previa la comunicación al Gobierno de Canarias exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de julio de 1994.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE

PRESIDENCIA Y TURISMO,

Miguel Zerolo Aguilar.

A N E X O

Relación de bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente al encontrarse afectados por la ejecución del Proyecto de “Ampliación y mejora de la carretera insular TF-2112 de La Orotava a Los Realejos”.

PARCELA

POLÍGONO

MUNICIPIO

PROPIETARIO

SUPERFICIE (M2)

APROVECHAMIENTO

1

6

LA OROTAVA

Eladia Ascanio Monteverde

150

URBANIZABLE

2

6

LA OROTAVA

DESCONOCIDO

300

URBANIZABLE

3

14

LA OROTAVA

Luis Fariña Dionisio

400

URBANIZABLE

4

14

LA OROTAVA

Lercaro Dionisio

1550

URBANIZABLE

5

14

LA OROTAVA

Luis Fariña Dionisio

350

URBANIZABLE

6

14

LA OROTAVA

Alberto Pérez Salcedo

225

URBANIZABLE

7

6

LA OROTAVA

Agustín Monteverde Lugo

800

PLATANERA

8

6

LA OROTAVA

Jesús Ascanio Montemayor

320

PLATANERA

9

6

LA OROTAVA

Manuela Ascanio Montemayor

760

PLATANERA

10

8

LA OROTAVA

Hdos. José Casañas Fuentes

720

CULTIVO ORDINARIO

11

8

LA OROTAVA

Clemente Méndez Miranda

770

PLATANERA

13

8

LA OROTAVA

Domingo Bello González

460

PLATANERA

14

8

LA OROTAVA

Ricardo Hernández Suárez

15

URBANIZABLE

18

14

LA OROTAVA

Holdán

60

URBANIZABLE

19

14

LA OROTAVA

Ángel García González

50

URBANIZABLE

27

14

LA OROTAVA

Salvador Luis Ortiz

260

URBANIZABLE

28

14

LA OROTAVA

Ayuntamiento de La Orotava

120

URBANIZABLE

29

14

LA OROTAVA

Stierkerman Gunter

175

URBANIZABLE

30

14

LA OROTAVA

Stierkerman Gunter

240

URBANIZABLE

31

14

LA OROTAVA

Fischer Karl

75

URBANIZABLE

34

15

LA OROTAVA

Antonio Cid Méndez

200

URBANIZABLE

35

8

LA OROTAVA

Diego Negrín Llarena

1200

URBANIZABLE

35

8

LA OROTAVA

Diego Negrín Llarena

—-

VIVIENDA

36

8

LA OROTAVA

Antonio Grillo González

350

PLATANERA

37

15

LA OROTAVA

Pedro Dorta Grillo

1600

PLATANERA

38

16

LA OROTAVA

Mario Luis García

360

PLATANERA

39

16

LA OROTAVA

Candelaria Bautista Luis

60

PLATANERA

40

16

LA OROTAVA

Pedro Bautista Luis

350

PLATANERA

41

15

LA OROTAVA

Hdos. María Ascanio Méndez

700

URBANIZABLE

42

15

LA OROTAVA

Hdos. María Ascanio Méndez

600

URBANIZABLE

43

15

LA OROTAVA

Hdos. María Ascanio Méndez

1200

URBANIZABLE

44

16

LA OROTAVA

Delfina Ledesma Hernández

200 M3

VIVIENDA

45

16

LA OROTAVA

Capilla del Obispado

12

URBANIZABLE

46

16

LA OROTAVA

Domingo Zamora Díaz

150

URBANIZABLE

47

16

LA OROTAVA

Nicolás Rodríguez Hdez.

200

URBANIZABLE

48

16

LA OROTAVA

Hdos. Tomás Bautista

400

URBANIZABLE

49

15

LA OROTAVA

Kumbo, S.A.

150

URBANIZABLE

PARCELA

POLÍGONO

MUNICIPIO

PROPIETARIO

SUPERFICIE (M2)

APROVECHAMIENTO

50

9

LA OROTAVA

Manuel Bello Yanes

160

PLATANERA

51

9

LA OROTAVA

Eugenia Lercaro Vda. de Fdez.

60

CULTIVO ORDINARIO

52

9

LA OROTAVA

Vicente Luis González

45

PLATANERA

53

9

LA OROTAVA

Pedro Fernández Perdigón

600

PLATANERA

54

16

LA OROTAVA

José Elías González Rguez.

40

URBANIZABLE

55

16

LA OROTAVA

Claes Herman Runagren

480

URBANIZABLE

56

16

LA OROTAVA

Lázaro Álvarez Medina

110

URBANIZABLE

57

16

LA OROTAVA

África García Mesa

240 M3

VIVIENDA

58

16

LA OROTAVA

Domingo Méndez Méndez

200 M3

VIVIENDA

59

9

LA OROTAVA

Sebastián Fernández Jiménez

10

URBANIZABLE

60

9

LA OROTAVA

Obispado de Tenerife

20

URBANIZABLE

61

16

LA OROTAVA

María Cristina Hdez. Jiménez

150

PLATANERA

62

16

LA OROTAVA

Leonor Luis Jiménez

800

PLATANERA

63

16

LA OROTAVA

Elisabeth Erna

420

PLATANERA

64

16

LA OROTAVA

Juan de Zárate Cologan y Hnos.

30

PLATANERA

65

16

LA OROTAVA

María Gracia Gómez Landero

50

PLATANERA

66

16

LA OROTAVA

José Hernández Pérez

1000

PLATANERA

67

16

LA OROTAVA

Celestino Glez. de Chávez y Hnos.

800

PLATANERA

68

16

LA OROTAVA

Pedro Bautista Luis

200

CULTIVO ORDINARIO

69

16

LA OROTAVA

Ayuntamiento de La Orotava

50

PLATANERA

70

16

LA OROTAVA

DESCONOCIDO

30

PLATANERA

71

16

LA OROTAVA

Ayuntamiento de La Orotava

120

CULTIVO ORDINARIO

72

16

LA OROTAVA

Ayuntamiento de La Orotava

120

CULTIVO ORDINARIO

73

16

LA OROTAVA

María Corina Fernández Cullen

700

PLATANERA

74

16

LA OROTAVA

María Corina Fernández Cullen

350

PLATANERA

75

8

LA OROTAVA

Corina Machado Fernández

1800

PLATANERA

76

9

LA OROTAVA

Pedro Martín Ledesma

200

PLATANERA

76

9

LA OROTAVA

Pedro Martín Ledesma

200 M3

ESTANQUE

77

9

LA OROTAVA

Sebastián Fernández Jiménez

500

PLATANERA

78

9

LA OROTAVA

María Rosa Luis Martín

30

PLATANERA

79

9

LA OROTAVA

Antonio Pérez González

20

PLATANERA

80

9

LA OROTAVA

Filomena Rodríguez Hernández

20

PLATANERA

81

9

LA OROTAVA

María Luisa Capote Jerez

1000

PLATANERA

82

8

LA OROTAVA

Josefina Luz Jiménez

800

PLATANERA

84

16

LA OROTAVA

Agustín González González

300

URBANIZABLE

85

16

LA OROTAVA

Pedro Delgado Alfonso

180 M3

VIVIENDA

86

16

LA OROTAVA

José Segundo García Luis

200

URBANIZABLE

83

9

LOS REALEJOS

DESCONOCIDO

400

PLATANERA

suministros y servicios públicos

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