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BOC Nº 089. Viernes 22 de Julio de 1994 - 1139

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Economía y Hacienda

1139 - CORRECCIÓN de errores de la Orden de 16 de mayo de 1994, por la que se determina la estructura de las cuentas a rendir por las Empresas Públicas y demás Entes que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 70, de 8.6.94).

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Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Orden de 16 de mayo de 1994, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se determina la estructura de las cuentas a rendir por las Empresas Públicas y demás Entes que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 70, de 8.6.94), se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el apartado cuarto de la citada disposición, línea séptima, donde dice: “... dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que termine su ejercicio social, acompañada de ...”,

debe decir:

“... antes del 15 de junio del año siguiente al ejercicio económico que comprenda, acompañada de ...”

En la Disposición Transitoria, donde dice:

“Para el ejercicio 1993, el plazo contemplado en el apartado cuarto de la presente Orden se amplía en un mes.”,

debe decir:

“Para el ejercicio 1993, y con respecto únicamente a la estructura del Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y el contenido de la Memoria, determinada por el apartado tercero de la presente Orden, el plazo contemplado en el apartado cuarto se amplía en un mes. Aunque, no obstante, dichas Entidades deberán remitir las Cuentas Anuales aprobadas, con anterioridad al 15 de junio de 1994 a efectos de formar la Cuenta General de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 96 de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.”

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 1994.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, p.d., EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS (Decreto 86/1994, de 16 de junio; B.O.C. nº 75, de 20.6.94), Rodolfo José Núñez Ruano.

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