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BOC Nº 079. Miércoles 29 de Junio de 1994 - 1418

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

1418 - ANUNCIO de 8 de junio de 1994, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a D. Rubén Reyes Yanes (Recreativos Los Reyes), con título de empresa operadora revocado, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 49/94.

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Se hace saber a D. Rubén Reyes Yanes (Recreativos Los Reyes), con título de empresa operadora revocado, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 49/94, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Mesón de Burgos, sito en Taco, Centro Comercial Concorde, se encuentra instalada y en funcionamiento una máquina recreativa tipo “B”, modelo Jak Pokt, que al momento de la inspección carece de:

1. Placa de Identidad. 2. Distintivo Fiscal.

3. Guía de Circulación, toda vez que presenta la guía de una máquina recreativa de tipo “A”, con número de permiso de explotación TF-A-3284. 4. Boletín de Instalación, ya que el Boletín que presenta figura con sus datos en blanco y en el recuadro correspondiente a datos del establecimiento consta “Depósito Taller” en lugar del establecimiento de referencia.

5. Libro de Reclamaciones y el ejemplar del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de esta Comunidad Autónoma, toda vez que el Libro y ejemplar del Reglamento que presenta corresponde a otra empresa (Recreativos Yumbo).

Todo lo cual supone infracción a los artículos 11, 12, 30.1.b), c) y d), 31.1.b), c) y d), 39.2 y 10, 40.4, 41.3 y 44 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por los Decretos 132/1989, de 1 de junio, y 89/1990, de 23 de mayo.

Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.

De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo, las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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