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BOC Nº 079. Miércoles 29 de Junio de 1994 - 1414

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

1414 - ANUNCIO de 31 de mayo de 1994, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a C.O.C.A.R.E., titular de la empresa operadora nº 478, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 233/93.

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Se hace saber a C.O.C.A.R.E., como titular de la empresa operadora nº 478, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 233/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, por haberse comprobado que en el establecimiento Bar Bodegón Los Ángeles, sito en calle Las Breñas, San José, 30, El Sauzal, se encuentran instaladas y en funcionamiento las máquinas recreativas TF-B-10469 y TF-A-carece, careciendo esta última de Boletín de Instalación y presentando una fotocopia de la Guía de Circulación. Asimismo, el establecimiento carece de Libro de Reclamaciones, y la TF-B-10469 carece de la Tasa Fiscal del Juego.

Por otra parte, una vez consultados los archivos obrantes en esta Viceconsejería para las Administraciones Públicas, se comprueba que la empresa operadora C.O.C.A.R.E., titular de las máquinas descritas, tuvo baja definitiva con fecha 26 de marzo de 1993, y la máquina TF-B-10469 tuvo baja definitiva con fecha 31 de diciembre de 1992.

Lo que supone infracción a los artículos 18.1.b), 12, 30.1.b) y d), 31.1.b) y d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).

Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, y artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85).

De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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