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Se hace saber a Comercial Juafa, S.L., como titular de la empresa operadora nº 162.603, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 59/94, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, por haberse comprobado que en el establecimiento Bar Juanito, sito en Los Cristianos, calle Avenida de Suecia, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa tipo B TF-B-6555, que al momento de la inspección carecía de justificante de pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente al primer trimestre de 1994.
Todo lo cual supone infracción a los artículos 30.1.d) y 41.3 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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