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Se hace saber a la empresa Pilar Yunta Martínez, que se halla en ignorado paradero, que con fecha 24 de marzo de 1994, se ha procedido por esta Viceconsejería para las Administraciones Públicas a la cancelación de su inscripción en el Registro de Empresas Operadoras de esta Comunidad Autónoma, en base a incumplimiento del artº. 35 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 132/1989, de 1 de junio, y el Decreto 89/1990, de 23 de mayo, en lo que a constitución de fianzas se refiere.
En consecuencia, deberá cesar inmediatamente en su actividad, así como hacer entrega en estas dependencias de toda la documentación relativa a las máquinas recreativas de su propiedad. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Consejero de Presidencia y Turismo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la presente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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