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No teniendo constancia esta Dirección General de Vivienda del domicilio de la constructora María Jesús Jorge Hernández, y siendo preciso notificarle el oportuno Pliego de Cargos recaído en el expediente S-9/94, como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma, a los efectos de que alegue lo que estime oportuno, y conforme al artº. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, R E S U E L V O:
Notificar a la constructora María Jesús Jorge Hernández el Pliego de Cargos recaído en el expediente sancionador S-9/94, que se le ha instruido por la infracción del régimen legal que regula las viviendas de protección oficial, disponiendo de un plazo de ocho días, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho convenga, ordenando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.
EXPTE. Nº: S-9/94. DENUNCIANTE: Dña. Juana Álvarez González. DENUNCIADO: constructora María Jesús Jorge Hernández. VIVIENDA OBJETO DE LA DENUNCIA: calle Guajara, Conjunto Residencial Mencey de Abona, portal 1, 1º A, Granadilla de Abona. TRÁMITE: Pliego de Cargos. PLAZO PARA FORMULAR ALEGACIONES: ocho días hábiles a contar del siguiente a la publicación de la presente Resolución. INFRACCIÓN: la negligencia de promotores y constructores durante la ejecución de las obras que diere lugar a vicios o defectos que afecten a la edificación y que se manifiesten dentro de los cinco años siguientes a la calificación definitiva de las viviendas de protección oficial. PRECEPTO: artº. 153.C).6 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 1994.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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