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BOC Nº 065. Viernes 27 de Mayo de 1994 - 1075

VI. ANUNCIOS - Subastas y concursos de obras, - A.Arona (Tenerife)

1075 - ANUNCIO de 26 de abril de 1994, por el que se hace pública la subasta para la adjudicación de la obra “Ampliación del Cementerio de Santa Salomé en Arona”.

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Aprobado por la Comisión de Gobierno de esta Corporación, en sesión extraordinaria de fecha 12 de abril del año en curso, el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que regirá en la contratación mediante subasta de la obra denominada “Ampliación del Cementerio de Santa Salomé en Arona”, se expone al público durante un plazo de cuatro días, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente se convoca la subasta, si bien la licitación se aplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones al Pliego de Condiciones Económico-Administrativas.

Objeto.- Es objeto del presente contrato la ejecución, mediante subasta, de la obra denominada “Ampliación del Cementerio de Santa Salomé en Arona”.

Tipo de licitación.- Se señala como tipo de licitación la cantidad de sesenta y nueve millones novecientas noventa y ocho mil quinientas setenta (69.998.570) pesetas, realizándose las mejoras mediante baja respecto al tipo estipulado.

Plazo de ejecución de las obras.- El plazo de ejecución de las obras es de doce meses.

Financiación de las obras.- Existe consignación suficiente en la partida 443.62240 del vigente Presupuesto.

Garantía provisional.- Será de un millón trescientas noventa y nueve mil novecientas setenta y una (1.399.971) pesetas.

Garantía definitiva.- Será el 4% del presupuesto total de las obras.

Presentación de proposiciones.- Las proposiciones se presentarán en la Sección de Contratación y Servicios Locales, desde las 9,00 horas hasta las 13,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de Canarias y Boletín Oficial del Estado, con prelación del que se publique con fecha posterior, si no fueran coincidentes.

Proposiciones y documentos complementarios.- Las proposiciones para tomar parte en la subasta se presentarán en dos sobres diferentes, cerrados, con la firma del presentador en el reverso y en cuyas portadas deberá figurar la inscripción:

Proposición para tomar parte en la subasta para la adjudicación de la obra denominada “Ampliación del Cementerio de Santa Salomé en Arona”.

Uno de los sobres se subtitulará con la inscripción de “Proposición económica”, y otro, con la de “Documentación administrativa complementaria”, debiendo contener ambos los siguientes documentos:

1) Sobre de proposición económica:

A) La proposición económica se sujetará al modelo que a continuación se transcribe y su presentación presume la aceptación incondicionada por el contratista de las cláusulas del Pliego.

MODELO

D. ................................................................., con domicilio en ................................................................ y D.N.I. nº ........................, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de ......................................., hace constar:

Enterado del Pliego de Condiciones y estudio técnico aprobado por ese Ayuntamiento a regir en la subasta para ............................................, se compromete a su sujeción con arreglo a los mismos, por un importe .................................... . Asimismo, declara reunir todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esa Entidad Local.

Lugar, fecha y firma.

B) Relación de precios unitarios.- Si tales precios no son presentados, se entenderá que el licitador aporta los mismos del presupuesto municipal, afectados en el mismo porcentaje de baja que el contenido en su proposición económica.

Se deberán incluir las mismas partidas alzadas que figuran en el presupuesto municipal, aplicándose igual porcentaje de baja que el resto de las partidas.

2) Sobre de documentación administrativa:

Los licitadores presentarán simultáneamente con el modelo de proposición y en sobre aparte, bajo el lema: Documentación Administrativa para tomar parte en la contratación mediante subasta de la obra denominada ..................................., los siguientes documentos:

A) Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada si se tratara de empresarios individuales.

B) Testimonio judicial o certificación administrativa según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la Autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial, administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 9º de la Ley de Contratos del Estado, según redacción del Real Decreto-Legislativo 931/1986, de 2 de mayo.

C) Resguardo acreditativo de haber constituido la fianza provisional en la Caja de esta Corporación.

D) Escritura de poder si se actúa en representación de otra persona, física o jurídica, legalizada y bastanteada por el Secretario de esta Corporación. E) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, lo que podrá acreditarse en la forma señalada en el artículo 23 ter del Real Decreto 2.528/1986, de 28 de noviembre, que modifica el Reglamento de 25 de noviembre de 1985. F) Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil, cuando concurra una sociedad de estas características.

G) Certificado acreditativo de la clasificación del contratista dentro del grupo C, subgrupos 1 al 9, categoría c.

En caso de tratarse de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Económica Europea que no estén clasificados en el párrafo primero del artº. 98 de la Ley de Contratos del Estado, será suficiente que acrediten documentalmente su capacidad financiera, económica y técnica conforme a lo establecido en el artículo 99 bis y 99 ter, de la Ley de Contratos del Estado modificado por el Real Decreto-Legislativo 931/1986, de 2 de mayo, así como su inscripción en un Registro Profesional en las condiciones previstas por la legislación del país donde estén establecidos.

H) Justificante del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que la faculte para contratar.

I) Las empresas extranjeras deberán además reunir los requisitos del artículo 9º de la Ley de Contratos del Estado, los señalados en el artº. 24 del Régimen General de Contratación del Estado, modificado por el Real Decreto 2.528/1986, de 28 de noviembre, que habrán de acreditar documentalmente. Los documentos constitutivos se presentarán en la forma prevista en el artº. 25.3 de la última disposición citada.

Calificación de documentos y apertura de plicas.- La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, haciéndolo el primer día hábil siguiente a aquel en que termine el plazo de presentación de las proposiciones. Si la Mesa observare defecto material en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. Para ello se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento el día siguiente hábil a la apertura del sobre de “Documentación administrativa”, la relación detallada de los defectos materiales subsanables.

La apertura de las ofertas económicas tendrá lugar en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento a las doce horas del séptimo día hábil siguiente a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones, y teniendo dicho acto carácter público. Para ello se seguirá el procedimiento establecido en los artículos 103 y siguientes del Reglamento General de Contratos del Estado.

Concluida la lectura de todas las proposiciones administrativas, el Presidente adjudicará el remate con carácter provisional a la proposición más ventajosa económicamente.

La adjudicación provisional no crea derecho alguno en favor del adjudicatario, que no los adquirirá frente a la Entidad Local mientras la adjudicación no tenga carácter definitivo por haber sido aprobada por el órgano competente.

Arona, a 26 de abril de 1994.- El Alcalde, Manuel Barrios Rodríguez.

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