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BOC Nº 060. Lunes 16 de Mayo de 1994 - 664

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Agricultura y Alimentación

664 - ORDEN de 26 de abril de 1994, por la que se reconoce, con carácter provisional, la Denominación de Origen “Valle de Güímar”, para los vinos producidos en dicha comarca de la isla de Tenerife.

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En relación a la solicitud realizada por la S.A.T. de Viticultores del “Valle de Güímar” y de otras bodegas y entidades de dicho ámbito territorial, de reconocimiento y protección del nombre “Valle de Güímar” como una Denominación de Origen que garantice y salvaguarde los caracteres diferenciales de los vinos de dicha comarca frente a posibles competencias desleales.

Vistos los estudios de los técnicos competentes.

Habiéndose producido informe favorable de la Dirección General de Alimentación, Industrias y Mercados Agrarios de esta Consejería.

Considerando que el Régimen de Denominación de Origen es vía adecuada para mejorar la ordenación de la oferta y la calidad de estos vinos.

Visto el Real Decreto 2.773/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de agricultura.

Visto el artículo 29.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias, por el que se reconoce a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo a la ordenación general de la economía estatal.

En virtud de las facultades otorgadas al Consejero por el artículo 10.b) del Decreto 227/1993, de 29 de julio (B.O.C. nº 116, de 10.9.93), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura y Alimentación, por la presente

D I S P O N G O:

Primero.- Se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen “Valle de Güímar” para los vinos producidos en esta comarca de la isla de Tenerife.

Segundo.- Constituir un Consejo Regulador provisional de la Denominación de Origen “Valle de Güímar”, encargado de redactar un proyecto de Reglamento de la citada Denominación.

Tercero.- Designar para la constitución de este Consejo Regulador a las personas que a continuación se citan:

Presidente: D. José Ramos González.

Secretario: D. Florencio Díaz García.

Vocales por el sector vinícola:

D. Gumersindo Robayna García. D. Domingo Delgado García. D. Marcial Gómez Díaz. D. Antonio Reyes Rosa. D. Tomás Mesa Rodríguez.

Vocales por el sector vitícola:

D. Félix González de la Rosa. D. José A. Díaz Díaz. D. Domingo Rodríguez Delgado. D. Martín Gómez Pérez. D. Francisco J. Gómez Pérez. Vocales técnicos: D. José E. Vega La Roche. D. Baldomero Fariña Márquez.

Cuarto.- El reconocimiento definitivo de la Denominación de Origen queda subordinado a que estén realizados los censos de viñedos y bodegas cuyos propietarios hayan solicitado la adscripción a esta Denominación de Origen provisional, así como a la redacción, aprobación y ratificación de su Reglamento por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Quinto.- El cumplimiento de lo establecido en el apartado anterior, deberá ser realizado en un plazo máximo de dieciséis meses a partir de la publicación de la presente Orden. En caso de incumplimiento del plazo establecido, podrá ser anulado este reconocimiento provisional.

DISPOSICIÓN FINAL

Se faculta al Director General de Alimentación, Industrias y Mercados Agrarios para dictar cuantas disposiciones estime convenientes, para el desarrollo y ejecución de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de abril de 1994.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, Antonio Ángel Castro Cordobez.

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