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BOC Nº 051. Lunes 25 de Abril de 1994 - 546

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

546 - ORDEN de 12 de abril de 1994, por la que se hace pública la convocatoria para la selección de participantes en la actividad de Escuelas Viajeras en el ámbito del Archipiélago Canario, para el año 1994.

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El Programa de Escuelas Viajeras, diseñado de acuerdo con las finalidades que para la actividad educativa estableció el artº. 2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, tiene hoy su fundamento en la consecución de los fines previstos en el artº. 1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Este Programa se realiza con la finalidad de completar la acción formativa de alumnos de 6º, 7º y 8º de Educación General Básica, ofreciéndoles mayores posibilidades de conocimiento directo de realidades geográficas, sociales y culturales distintas a la de su propio entorno, dentro de la consecución de los fines previstos en la L.O.D.E.

Para conseguir estos objetivos, dentro del régimen general de ayudas y subvenciones, dictadas por el Gobierno de Canarias por Decreto 31/1993, de 5 de marzo (B.O.C. nº 34, de 19.3.93), se dictan las bases de esta convocatoria.

Base 1.- Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente Orden consiste en la regulación de aquellas ayudas destinadas al alumnado que tienen como fin la realización de la actividad denominada “Escuelas Viajeras”.

1. La escuela viajera consiste en el seguimiento de una ruta por un grupo de alumnos previamente seleccionados, conforme a un proyecto o diseño educativo que se desarrollará en las islas de Gran Canaria, Fuerteventura, Tenerife y La Gomera.

2. Las rutas de las escuelas viajeras son las que aparecen relacionadas en el anexo I de la presente Orden, conforme a un diseño educativo que propicie en los alumnos algunos de los siguientes objetivos:

a) Lograr un adecuado nivel de conocimiento y comprensión de la isla visitada, en sus diferentes aspectos naturales, históricos y culturales.

b) Fomentar la convivencia y cooperación entre los alumnos que coincidan en el recorrido de la ruta, aceptando sus diferencias y potenciando el desarrollo de las capacidades individuales.

c) Desarrollar hábitos y actitudes positivas en la defensa y conservación del medio ambiente y del patrimonio, comenzando por el entorno cotidiano de los alumnos.

d) Facilitar el despliegue y utilización de una metodología activa y participativa de profesores y alumnos, y el intercambio de experiencias entre los diferentes colegios participantes.

e) Ampliar el ámbito de actuación de la escuela, valiéndose de la investigación y diseño de nuevas situaciones de aprendizaje, tanto en la preparación de la actividad, como durante su desarrollo y al finalizar la misma.

3. El profesor acompañante deberá preparar con los alumnos seleccionados, los itinerarios de la ruta que van a realizar en función de los objetivos que cada grupo pretende conseguir.

4. Serán seleccionados para participar en la actividad cuarenta y cuatro (44) colegios, con grupos compuestos de 17 alumnos/as de sexto, séptimo y octavo de Educación General Básica y un/a profesor/a acompañante, que tendrá que ser necesariamente el tutor/a o, en su caso, un profesor/a de los que habitualmente imparten clases al grupo de alumnos/as, y responsable del proyecto o diseño educativo aprobado.

5. Las rutas tendrán una duración máxima de seis días.

Se llevarán a cabo en los periodos comprendidos entre los meses de mayo a junio en Gran Canaria y La Gomera; y entre octubre y noviembre en Tenerife y Fuerteventura.

El recorrido de las rutas se iniciará el lunes de cada semana, con la llegada de los alumnos a la cabecera de ruta, y terminará el sábado siguiente.

Base 2.- Importe y aplicación presupuestaria.

El importe total del crédito habilitado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de 1994 para estas ayudas asciende a catorce millones (14.000.000) de pesetas, en la aplicación presupuestaria 18.06.423C.480.00, línea de actuación 18.4011.02.

Base 3.- Requisitos exigidos.

Podrán presentar proyectos o diseños educativos, para acogerse a esta convocatoria, todos los centros públicos de E.G.B. dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, conforme a los objetivos expresados en la base 1, apartado 2, de la presente Orden, suscritos por el Director del centro, como Presidente del Consejo Escolar.

Base 4.- Solicitudes y documentación a aportar por los solicitantes.

1. La solicitud de ayuda, conforme al modelo que figura como anexo II, deberá ir acompañada de la siguiente documentación, en el orden que a continuación se especifica:

a) Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre.

b) D.N.I. y Documento de Identificación Fiscal del solicitante (Director del centro y Presidente del Consejo Escolar).

c) Relación nominal del grupo de 17 alumnos y el nombre del profesor titular acompañante, conforme al anexo III de la presente Orden. El profesor acompañante ha de cumplir las condiciones establecidas en la base 1, apartado 3.

d) Certificado expedido por el secretario del Consejo Escolar, según el anexo VI. En cuanto al apartado b) de este anexo, es decir, para extraer la renta media del grupo, se debe calcular la media de las unidades familiares, sumarlas y dividirlas por el total de rentas medias familiares presentadas.

e) Autorización del padre, madre o tutor de los alumnos integrantes del grupo, según el anexo IV.

f) Proyecto o diseño educativo de la ruta a realizar, conforme a los requisitos exigidos en la base 3 de la presente Orden.

2. Cada centro de E.G.B. sólo podrá presentar una única solicitud, por duplicado y compulsada por el Secretario del centro.

Base 5.- Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes, junto con la documentación requerida en las condiciones y orden de presentación expresadas en la base 4.1, se presentarán en las Direcciones Territoriales de Educación u Oficinas Insulares de Educación, e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Promoción Educativa, o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo, en este supuesto, comunicarlo mediante fax o telegrama a la Dirección General de Promoción Educativa.

En el supuesto de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, ésta se presentará, al funcionario de Correos, en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada. La copia que le entrega la oficina de Correos sellada será remitida vía fax o comunicado mediante telegrama.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

3. Concluido el plazo de presentación, las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación remitirán en el tiempo de 5 días a la Dirección General de Promoción Educativa, las solicitudes que hayan tenido entrada en los citados centros.

Base 6.- Subsanación de defectos.

Si la solicitud o la documentación exigida no reuniera los requisitos expresados en la base 4.1, se le requerirá para que subsane la falta en el plazo de 10 días, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite.

Base 7.- Comisión Seleccionadora.

1. Con el fin de valorar los proyectos o diseños educativos que se presenten con arreglo a la presente convocatoria, se constituirá en la Dirección General de Promoción Educativa, una Comisión de Selección que estará formada por los siguientes miembros:

a) El Director General de Promoción Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

b) Los/as Directores/as Territoriales de Educación o personas en quienes deleguen.

c) Un representante de la Inspección Educativa.

d) Dos profesores de Educación General Básica, uno por cada provincia, que hayan participado en convocatorias anteriores de la actividad de Escuelas Viajeras, designados por la Dirección General de Promoción Educativa.

e) Tres representantes de la Dirección General de Promoción Educativa.

f) Un funcionario de la Dirección General de Promoción Educativa, que actuará como Secretario y levantará acta de la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Para la válida constitución de la Comisión Seleccionadora se estará a lo dispuesto en el artº. 26 de la disposición citada en el apartado anterior.

Base 8.- Criterios objetivos que han de servir de base a la concesión.

La selección de los grupos se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios en orden decreciente:

1. El proyecto o diseño pedagógico presentado.

2. Dentro de la distribución de grupos por islas, se les dará preferencia a aquellos centros que no fueron seleccionados en las tres últimas convocatorias de Escuelas Viajeras de Canarias.

3. Las solicitudes serán valoradas, siendo la variable de la renta media la que, exclusivamente, determine en favor de un centro u otro.

En el caso de que para una determinada isla no se presenten solicitudes suficientes o éstas no cumplan los requisitos exigidos, la Comisión de Selección podrá adjudicar dichas plazas a otras islas donde la demanda así lo aconseje.

A estos efectos la distribución de los grupos por islas será la siguiente:

- El Hierro: 1.

- La Gomera: 2.

- La Palma: 4. - Tenerife: 13.

- Gran Canaria: 16.

- Fuerteventura: 4.

- Lanzarote y La Graciosa: 4.

Base 9.- Propuesta de concesión.

Una vez efectuada la selección por la Comisión, la Dirección General de Promoción Educativa elevará la propuesta de concesión de la ayuda, al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, de aquellos centros seleccionados y relación motivada de aquellos otros que hayan quedado en reserva o excluidos.

Base 10.- Orden de concesión.

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes resolverá la correspondiente adjudicación mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

El contenido de dicha Orden se ajustará a lo establecido en el Decreto 31/1993, de 5 de marzo (B.O.C. nº 34), por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias.

Base 11.- Forma y condiciones para el pago.

1. La Consejería de Educación, Cultura y Deportes abonará los gastos de los alumnos y profesores seleccionados, en lo concerniente a: a) El transporte aéreo, marítimo o terrestre correspondiente desde el aeropuerto y/o puerto de origen, hasta la cabecera de ruta y viceversa.

b) Los gastos de transporte por carretera correspondiente al recorrido de cada ruta.

c) Alojamiento y manutención en la cabecera de ruta.

d) Cursos monográficos y material impreso que sea necesario en el desarrollo de la actividad.

2. En el supuesto de que un centro quisiera aplicar la ayuda recibida a un destino o finalidad diferente al que consignó en la solicitud, deberá contar para ello con la expresa autorización, previa solicitud dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes.

3. Dado que esta ayuda está destinada a cubrir los gastos que en desarrollo de esta actividad se generen por los alumnos participantes en el Programa de Escuelas Viajeras, en aras a una mejor justificación de la misma, estas cantidades serán libradas a aquellas personas, empresas o centros que presten el servicio origen del gasto, una vez realizado el mismo.

En el caso de que el gasto se efectúe en un centro público, el abono al mismo del gasto se realizará previa presentación de un certificado del Consejo Escolar, en el que se especifiquen la cuantía y el origen del gasto, es decir, se ha de detallar nombre de los centros a los que se les ha prestado el servicio y número de comensales.

Base 12.- Medios y plazos de justificación.

Cada grupo participante deberá remitir a la Dirección General de Promoción Educativa, con posterioridad al recorrido de la ruta, y antes del 31 de diciembre del presente año, una certificación expedida por el Secretario del Consejo Escolar del Centro, de que la actividad ha sido realizada adecuadamente y que se ha cumplido la finalidad para la cual se le otorgó la ayuda, conforme al anexo V.

En caso de incumplimiento por el centro beneficiario del destino o finalidad para la que fue otorgada la ayuda, se estará a lo dispuesto en el Decreto 31/1993, de 5 de marzo (B.O.C. nº 34).

Base 13.- Obligaciones del beneficiario.

1. Los beneficiarios quedarán obligados a:

a) Acreditar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden de concesión.

b) Comunicar cualquier cambio o alteración que pudiera incidir en las condiciones, actuaciones o requisitos que propiciaron el otorgamiento de la ayuda, así como la obtención con posterioridad de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad.

2. Asimismo, estarán obligados a facilitar toda la información que les sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación que se practiquen por los técnicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas o el Tribunal de Cuentas.

3. Con carácter general, habrán -antes del 31 de diciembre del presente año- de acreditar la concurrencia de las condiciones exigidas para el abono efectivo de la subvención.

Base 14.- Reintegro.

1. Dará lugar a la no exigibilidad automática o, en su caso, procederá la devolución íntegra de las cantidades percibidas, desde el momento del abono de la ayuda, en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando hayan obtenido la ayuda sin reunir las condiciones exigidas para su concesión, como consecuencia de fraude o engaño por parte del beneficiario.

b) Cuando incumplan el deber de justificación del empleo de los fondos recibidos en concepto de ayuda.

c) Cuando incumplan la finalidad de la subvención o las condiciones impuestas en su concesión.

2. Asimismo, procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por concesión de ayudas o subvenciones de otras Administraciones o Entes Públicos, la cuantía de la ayuda supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

3. El procedimiento de reintegro deberá realizarse en la forma prevista en el artº. 26 del Decreto 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias.

Base 15.- En lo no previsto en la presente Orden, será de aplicación el Decreto 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Ayudas y Subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias.

Base 16.- Delegación de facultades para dictar instrucciones.

Se faculta a la Dirección General de Promoción Educativa a dictar cuantas instrucciones se estimen necesarias para el correcto desarrollo y aplicación de lo establecido en esta Orden.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de abril de 1994.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I

CATÁLOGO DE RUTAS RUTA DE GRAN CANARIA

Zona norte.- Estratos sedimentarios de El Rincón. Mundo aborigen: yacimiento arqueológico del Granero de Valerón. Vías de comunicación: Variante de Silva. Recorrido histórico-artístico: Gáldar. Agaete: actividad pesquera; tríptico flamenco. Arucas: el cultivo del plátano. Las Palmas de Gran Canaria.- Casco histórico: Vegueta, el Museo Canario. El Jardín Botánico Canario “Viera y Clavijo”. Volcanismo: Caldera Bandama.

Zonas este y sur.- Otros cultivos de exportación: el tomate. Áreas industriales. El turismo. Un paraje natural: las Dunas de Maspalomas.

Zona centro.- Medianías: poblamiento y cultivos. Origen, formación y evolución insular: Roque Nublo y Calderas. Teror y la arquitectura tradicional.

RUTA TENERIFE

Zona norte.- Costumbres y tradiciones: Casa de Carta en Valle Guerra. Cultivo del plátano: almacén de empaquetado. Garachico y el volcán de 1706: recorrido histórico-artístico. Icod de los Vinos y su Drago.

Valle de La Orotava.- Mirador de Humboldt. Villa de La Orotava. Jardín de Aclimatación. La actividad turística: Puerto de la Cruz.

Santa Cruz de Tenerife.- Museo Arqueológico: la cultura guanche. El puerto. Península de Anaga: el monteverde. Taganana y su tríptico flamenco.

Zona central.- Parque Nacional de Las Cañadas del Teide: formación de Las Cañadas y el estratovolcán Teide. Vegetación y fauna. Itinerario didáctico.

RUTA DE LA GOMERA

Parque Nacional de Garajonay.- Centro de Visitantes. El bosque de laurisilva. El Cedro. Los Roques.

Ruta sur.- Chorros de Epina. Valle Gran Rey: agricultura, transformación y conservación del medio natural. Ruta norte-sur.- Agulo: agricultura y emigración. Un pintor gomero: José Aguiar. Hermigua: el plátano y su importancia. Museo Etnográfico. San Sebastián: capital administrativa. Monumentos históricos.

Ruta centro-sur.- El Cercado: cerámica popular. Chipude: La Fortaleza. Folklore: el Baile del Tambor. Silbo gomero. Alajeró. Playa de Santiago: pesca. El turismo.

RUTA DE FUERTEVENTURA

Ruta norte.- Parque Natural Dunas de Corralejo e Isla de Lobos. La Oliva: Casa de los Coroneles. Lajares. El Cotillo: la pesca. Ruta centro.- Montaña Quemada: Monumento a Unamuno. Tindaya: grabados rupestres, Betancuria: conjunto monumental, Mazo de Betancuria: complejo basal. Antigua: Molinos de Viento. La Ampuyenta.

Ruta sur.- Pozo Negro: Granja del Cabildo Insular: ganadería. Pájara. Puerto de la Peña. Tuineje. Artesanía tradicional. Gran Tarajal: el tomate.

Ruta Jandía.- La Pared. El Jable. Morro Jable: el turismo.

A N E X O I I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA ACTIVIDAD

D. ........................................................................., Director del C.P. ............................................. y como Presidente del Consejo Escolar, domicilio del centro ..........................................................., municipio ................................, isla .................................... .

De acuerdo con lo previsto en la convocatoria de la actividad de “Escuelas Viajeras” en el ámbito del Archipiélago Canario, Orden de ...... de .................... de 1994 (B.O.C. nº .............),

SOLICITA

Participar en la convocatoria de la actividad de “Escuelas Viajeras” en el ámbito del Archipiélago Canario en la que según el anteproyecto que se adjunta participarán ............. alumnos acompañados de un profesor; a cuyos efectos, como Presidente del Consejo Escolar, declara:

a) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad.

b) Que no ha recibido ayudas o subvenciones para el mismo destino o, en otro caso, las que haya solicitado y el importe de las recibidas, de cualquier Administración o Ente Público.

c) Que ha procedido a la justificación de las subvenciones que se le hubiesen concedido con anterioridad por los órganos de la Administración Autonómica.

......................................, a ......... de ................ de 1994.

El Director y Presidente Sello del Centro. del Consejo Escolar, Fdo.: ............................. A N E X O I I I

RELACIÓN NOMINAL DE ALUMNOS Y PROFESOR

ISLA: .............................. LOCALIDAD: ................

CENTRO: DOMICILIO: CÓDIGO POSTAL: TELÉFONO: UNIDADES DE QUE CONSTA EL CENTRO: ENCLAVE DEL CENTRO: URBANO/RURAL/SUBURBIAL NOMBRE DEL DIRECTOR: PROFESOR QUE ACOMPAÑA A LOS ALUMNOS: Nº REGISTRO PERSONAL: EDAD: ................., ÁREA: NOMBRE PROFESOR SUPLENTE: RUTA QUE VAN A RECORRER: FECHA: Nº NIÑOS: ............................., Nº NIÑAS:

APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS ALUMNOS SELECCIONADOS CURSO TELÉFONO

1. ............................................... .......................... ..................... 2. ............................................... .......................... ..................... 3. ............................................... .......................... ..................... 4. ............................................... .......................... ..................... 5. ............................................... .......................... ..................... 6. ............................................... .......................... ..................... 7. ............................................... .......................... ..................... 8. ............................................... .......................... ..................... 9. ............................................... .......................... ..................... 10. ............................................. .......................... ..................... 11. ............................................. .......................... ..................... 12. ............................................. .......................... ..................... 13. ............................................. .......................... ..................... 14. ............................................. .......................... ..................... 15. ............................................. .......................... ..................... 16. ............................................. .......................... ..................... 17. ............................................. .......................... .....................

Vº.Bº.: el Presidente El Secretario del Consejo Escolar, Fdo.: ............................. Fdo.: ....................

A N E X O I V

MODELO DE INSTANCIA AutorizaciÓn paterna

D./Dña. ......................................................................, padre/madre/tutor de ....................................., otorga su autorización para que participe en la actividad de Escuelas Viajeras en Canarias organizada por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

(Fecha y firma).

A N E X O V

D./Dña. ......................................................................, Secretario/a del Consejo Escolar del C.P. ................. ....................................................................................,

CERTIFICA que según acuerdo adoptado por el Consejo Escolar de este Centro celebrado el ......... de ....................... de 1994, la actividad de “Escuelas Viajeras” objeto de la subvención recibida, se ha desarrollado adecuadamente según el anteproyecto presentado y se ha cumplido la finalidad para la cual se le otorgó la subvención.

..................................., a ......... de .................... de 1994.

Vº.Bº.: el Presidente El/la Secretario/a del Consejo Escolar, del Consejo Escolar, Fdo.: ........................ Fdo.: ........................

Sello del Centro.

A N E X O V I

D./Dña. ......................................................................, Secretario/a del Consejo Escolar del C.P. .................. ....................................................................................,

CERTIFICA: que en sesión del Consejo Escolar celebrada el día .......... de ...................... de 1994 se tomaron los siguientes acuerdos:

a) Se aprobó la participación del Centro en la actividad de Escuelas Viajeras Canarias, así como la relación de alumnos y profesor acompañante que se especifican en el anexo III.

b) Estudiada la renta media del grupo solicitante ésta se establece en ...................................... pesetas.

c) Vistos los criterios de selección de los alumnos éstos se aprueban concretándolos en los siguientes:

- - - -

-

Vº.Bº: el Presidente El/la Secretario/a del Consejo Escolar, del Consejo Escolar, Fdo.: ........................ Fdo.: ........................

Sello del Centro.

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