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BOC Nº 026. Miércoles 2 de Marzo de 1994 - 411

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Política Territorial

411 - RESOLUCIÓN de 25 de enero de 1994, de la Dirección General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, sobre notificación de iniciación de expediente sancionador nº 221/93M.

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No habiéndose podido notificar al interesado, en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Resolución de iniciación de expediente sancionador nº 221/93M que se tramita en esta Dirección General, de conformidad con el apartado cuarto del antedicho artículo,

R E S U E L V O:

1º) Notificar a D. José Domingo González Armas la Resolución de 6 de octubre de 1993, recaída en el expediente nº 221/93M, instruido en esta Dirección General, y que dice textualmente:

“Resultando: que de los datos y antecedentes obrantes en esta Dirección General, se atribuye a D. José Domingo González Armas la infracción administrativa consistente en el abandono de un vehículo en estado de chatarra, marca Fiat, modelo 850 Coupé, matrícula TF-44747, lo cual rompe la armonía del paisaje y altera la perspectiva del campo visual, en el lugar conocido por Fuente de Pedro, en el interior del Espacio Natural Protegido del Parque Natural de Tigaiga, término municipal de Los Realejos.

Considerando: que el referido lugar se encuentra dentro del ámbito de protección de la Ley 12/1987, de 19 de julio, de Declaración de Espacios Naturales de Canarias. Considerando: que los hechos denunciados son presuntamente constitutivos de una infracción administrativa a lo establecido en el artículo 38.5 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, calificada de leve y sancionable con multa que oscilará entre las 10.000 y 100.000 pesetas.

Considerando: que esta Dirección General es competente para la iniciación y tramitación de expedientes sancionadores por infracción a la Ley 4/1989, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la citada Ley y en su artº. 14, apartado 7, del Decreto 306/1991, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, de 24 de noviembre, siendo competentes para su resolución los Órganos a los que se refiere el citado Decreto en sus artículos 6, 8 y 14.

Vistos: la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; la Ley 12/1987, de 19 de julio, de Declaración de Espacios Naturales de Canarias; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora; el Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, y demás disposiciones de general y concordante aplicación.

Por todo lo expuesto y en virtud de las competencias que me han sido conferidas,

R E S U E L V O:

1º. Iniciar expediente sancionador por el procedimiento simplificado, de acuerdo con lo establecido en el capítulo V del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, a D. José Domingo González Armas, como presunto responsable de una infracción administrativa a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, por los hechos anteriormente relacionados.

2º. Nombrar como instructor al funcionario de esta Dirección General D. José Cristóbal Rodríguez Piñero y secretaria del mismo a la también funcionaria Dña. Teresa Castellano Viña, lo que se comunica a usted a los efectos de poder ejercer el derecho de recusación en cualquier momento del procedimiento por los motivos señalados en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Comunicarle que a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución se abre un plazo de diez días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, la proposición y práctica de la prueba.

Por otro lado, poner en su conocimiento la posibilidad que asiste al interesado de reconocer su responsabilidad, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 8 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto.”

2º) Remitir al Ayuntamiento de Los Realejos la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 1994.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, p.s., el Director General de Urbanismo (Orden de 30.4.93; B.O.C. nº 57, de 3.5.93), Faustino García Márquez.

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