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BOC Nº 023. Miércoles 23 de Febrero de 1994 - 227

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

227 - ORDEN de 30 de marzo de 1993, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Reforma Interior de Lilolandia, del término municipal de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).

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Resultando que, la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 29 de enero de 1993, acordó aprobar definitivamente el Plan Especial de referencia.

Resultando que, en dicho Acuerdo se requería la elaboración de un Texto Refundido que recogiese los condicionantes impuestos por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, incorporando al mismo las deficiencias señaladas en el párrafo 1º del apartado 2º del citado Acuerdo, demorando su entrada en vigor hasta la toma de conocimiento.

Resultando que, por el Ayuntamiento se remitió a esta Consejería el Texto Refundido completo, subsanando los reparos contenidos en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

Considerando que, es competencia del Consejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias la presente resolución conforme dispone el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias citado y el artº. 5.24 del Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial.

Vistos los informes técnicos favorables emitidos, Texto Refundido de la Ley del Suelo, Decreto 306/1991 y demás normas de general y pertinente aplicación,

D I S P O N G O:

Tomar conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Reforma Interior de Lilolandia, del término municipal de San Bartolomé de Tirajana, entendiendo cumplimentada las condiciones señaladas en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 29 de enero de 1993, entrando en vigor el Plan, una vez publicada esta toma de conocimiento.

Notifíquese la presente resolución al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, al promotor, Cabildo Insular de Gran Canaria, y publíquese la presente Orden.

Contra la presente Orden, cabe interponer recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso; y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artº. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 1993.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Fernando Redondo Rodríguez.

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