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BOC Nº 019. Lunes 14 de Febrero de 1994 - 189

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL - A.Telde (Gran Canaria)

189 - ANUNCIO de 9 de diciembre de 1993, por el que se hacen públicas las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Cabo de la Policía Local.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 1993, aprobó la convocatoria de referencia, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de concurso, de dos plazas de Cabo de la Policía Local vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, encuadradas en el Subgrupo de Servicios Especiales de la Administración Especial y correspondientes al Grupo “D” de la Administración.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso será necesario ostentar en propiedad la plaza de Guardia de la Policía Local de este Ayuntamiento con, al menos, dos años de antigüedad.

Tercera.- Presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen la condición que se exige en la base segunda, se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, debidamente reintegradas, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Unido a la instancia, presentarán los documentos acreditativos que aleguen poseer los aspirantes de los comprendidos en la base sexta, en original o fotocopia debidamente compulsada.

Las instancias podrán presentarse también en la forma que determina el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen se fijarán en la cantidad de 3.000 pesetas, que serán satisfechas por los aspirantes al presentar las instancias, debiendo acompañar a la misma el documento acreditativo de dicho pago.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

Por el hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en el concurso de méritos, los aspirantes se someten expresamente a sus bases reguladoras que constituyen la Ley del mismo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir, si se apreciase inexactitud fraudulenta en la declaración que formularon o en la documentación aportada, de tal forma que quedarán excluidos automáticamente del proceso de selección, previa audiencia al interesado, dando cuenta, en su caso, a la jurisdicción ordinaria.

Terminado el plazo de admisión de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de quince días para oír reclamaciones.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva. De no presentarse reclamaciones, se entenderá elevada a definitiva la lista provisional.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas, tendrá la categoría cuarta, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, estando constituido de la siguiente forma:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Jefe de la Policía Local de la Corporación.

- Un representante designado por la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Junta de Personal.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. El Secretario o la persona en quien delegue actuará con voz y voto.

La composición del Tribunal designado se hará pública en el tablón de edictos de la Corporación, al igual que la fecha en que habrá de constituirse el mismo.

La indemnización por asistencia como miembros del Tribunal se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

Sexta.- Calificación del concurso.

a) Por cada año como Guardia de la Policía Local de este Ayuntamiento: 0,50 puntos. Puntuación máxima: 12,00 puntos.

Las fracciones superiores a 9 meses se puntuarán como un año. Las fracciones de hasta 3 meses no puntuarán, y las comprendidas en 4 y 9 meses, se puntuarán con 0,25 puntos.

Como fecha límite para contabilizar el tiempo prestado, se tomará el último día de presentación de instancias.

b) Por estar en posesión de títulos académicos:

- Bachiller Superior o equivalente: 1,00 punto. - Diplomado Universitario: 1,50 puntos. - Licenciado Universitario: 2,00 puntos. (Se puntuará sólo el de mayor categoría).

c) Por estar en posesión del carnet de conducir superior al B-2: 0,05 c/u. Puntuación máxima: 0,20 puntos.

d) Por estar en posesión de otros permisos de conducir distintos a los anteriores: 0,05 c/u. Puntuación máxima: 0,10 puntos.

e) Por estar en posesión del título de Monitor de Protección Civil: 1,00 punto.

f) Por estar en posesión de algunos de los títulos enumerados a continuación:

- Primeros auxilios: 0,25 puntos. - Socorrismo: 0,50 puntos. - Socorrismo acuático: 1,00 punto. - Monitor de Socorrismo: 1,50 puntos. (Sólo se puntuará el de mayor categoría).

g) Por cada curso realizado organiza- do por un Ministerio, sobre funciones específicas de la Policía Local: 1,00 punto. Puntuación máxima: 6,00 puntos.

h) Por cada curso realizado organi- zado por el Instituto de Estudios de Administración Local, Instituto Ca- nario de Administración Pública, Comunidad Autónoma o Universi- dad, sobre funciones específicas de la Policía Local: 0,75 puntos. Puntuación máxima: 8,00 puntos.

i) Por cada curso realizado organi- zado por este Ayuntamiento u otros sobre funciones específicas de la Policía Local: 0,50 puntos. Puntuación máxima: 3,00 puntos.

j) Por cada curso realizado organi- zado por el Gobierno Civil: 0,30 puntos. Puntuación máxima: 3,00 puntos.

k) Por cada seminario o jornadas rea- lizadas por Organismos Oficiales, so- bre funciones específicas de la Poli- cía Local: 0,10 puntos. Puntuación máxima: 2,00 puntos.

l) Por cada curso realizado organiza- do por Organismo privado, sobre fun- ciones específicas de la Policía Local: 0,10 puntos. Puntuación máxima: 1,50 puntos.

m) Por cada felicitación aprobada en Pleno o Comisión de Gobierno: 0,10 puntos. Puntuación máxima: 2,00 puntos.

n) Por otros méritos alegados, sobre funciones relacionadas con las labores de la Policía, a criterio del Tribunal: 0,05 c/u. Puntuación máxima: 1,00 punto.

Séptima- Calificación final. La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados de la base sexta; en caso de producirse empate en la puntuación total, se resolverá a favor del aspirante con mayor antigüedad en el Cuerpo y, en su defecto, el de mayor edad.

Octava.- Relación de aprobados, nombramiento y toma de posesión.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de los concursantes por orden de puntuación.

Dicho Tribunal formulará propuesta de nombramiento a favor de los concursantes que hayan obtenido mayor puntuación.

Al mismo tiempo remitirá a la Presidencia de la Corporación el acta de la sesión en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, todos los concursantes.

Una vez aprobada la propuesta por la Alcaldía, los concursantes deberán tomar posesión en el plazo de veinte días naturales, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. Si no tomasen posesión en el plazo señalado, sin causa justificada, quedarán en situación de cesantes.

Novena.- Incidencias.

El Tribunal quedará autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento y orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases.

Décima- Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma que establezca la legislación vigente.

Telde, a 9 de diciembre de 1993.- La Concejal Delegada de Personal, Gregoria González Valerón.

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