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BOC Nº 019. Lunes 14 de Febrero de 1994 - 188

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

188 - RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 1993, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 12 y 13 de marzo de 1992, que estima el recurso de reposición interpuesto por Dña. María del Carmen Lacrapia Santana, contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 30 de marzo de 1990, por el que se tomó conocimiento del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Santa Brígida (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 12 y 13 de marzo de 1992, por el que se estima el recurso de reposición interpuesto por Dña. María del Carmen Lacrapia Santana, contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 30 de marzo de 1990, por el que se tomó conocimiento del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Santa Brígida, en el término municipal de Santa Brígida, cuyo texto se adjunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de noviembre de 1993.- El Director General de Urbanismo, Faustino García Márquez.

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 12 y 13 de marzo de 1992.

Visto el recurso interpuesto por Dña. María del Carmen Lacrapia Santana contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 30 de marzo de 1990, por el que se aprobaron definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Santa Brígida, en el que expresa que el solar de su propiedad ubicado en el Camino de El Tejar, reúne las condiciones de suelo urbano.

Considerando que, el recurso ha sido informado favorablemente por el Ayuntamiento, contando con sendos informes técnico y jurídico, que consideran que dicho suelo debe ser clasificado como suelo urbano por reunir los requisitos alegados por la recurrente establecidos por el artº. 78 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, y ser dicho acto reglado.

En su virtud, la Comisión adoptó el siguiente Acuerdo:

“Estimar el recurso presentado por Dña. María del Carmen Lacrapia Santana contra el Acuerdo de la Comisión de 30 de marzo de 1990, y en consecuencia clasificar como suelo urbano la zona grafiada en el anexo de este Acuerdo, con un fondo de 20 metros desde el borde del Camino de El Tejar, estableciéndose las ordenanzas que para la zona establecen las Normas Subsidiarias.”

Este acto agota la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses contados desde su publicación.

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