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BOC Nº 002. Miércoles 5 de Enero de 1994 - 9

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Presidencia del Gobierno

9 - RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 1993, del Secretario General, por la que se anuncia convocatoria para la selección de personal para su contratación laboral temporal.

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Visto que se encuentra vacante el puesto nº 06.04.03.003, Periodista, Grupo II de esta Presidencia del Gobierno, aprobada por Decreto 81/1992, de 22 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 72, de 3 de junio siguiente.

Vista la necesidad del Departamento para llevar a cabo la realización de trabajos relacionados con el puesto vacante.

Vistos los informes favorables de la Dirección General de la Función Pública y la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público.

En uso de las atribuciones que me están conferidas por la Disposición Adicional Primera del Decreto 206/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno (B.O.C. de 19 de julio),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para la contratación temporal de personal, en régimen de Derecho Laboral, que prestará sus servicios en el Gabinete del Presidente con localización en Santa Cruz de Tenerife y categoría que a continuación se relaciona: NÚMERO CATEGORÍA GRUPO TITULACIÓN Y FUNCIONES A EXPERIENCIA DESEMPEÑAR

1 Periodista II Periodista. Experiencia Las propias de su en medios de comunicación. categoría laboral.

El contrato laboral temporal, que se celebre con la persona que resulte seleccionada y a la situación jurídica originada por el mismo, incluido el periodo de prueba, le será de aplicación la Ley de la Función Pública Canaria, la legislación laboral vigente y el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. de 6.2.92), así como la legislación de incompatibilidades.

Segundo.- La persona que se contrate quedará sometida al periodo de prueba que señala el artº. 14 del citado Convenio Colectivo.

Tercero.- Asimismo estará sujeta a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Cuarto.- El contrato se formalizará al amparo de lo establecido en el Real Decreto 2.104/1984, de 21 de noviembre, para el desempeño temporal de plaza vacante, fijándose su duración hasta el momento en que la plaza desempeñada por el trabajador sea provista por personal laboral fijo que resulte de los procedimientos de provisión o selección fijados por el Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluyendo los supuestos de reingreso de la excedencia y cambios de puestos de trabajo previstos en el citado Convenio.

Quinto.- Requisitos de los aspirantes:

Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Haber cumplido la edad de 18 años.

c) Estar en posesión de la titulación académica, que se especifica en el apartado 1 de esta Resolución.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado, ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

f) Estar inscrito como demandante de empleo en el INEM.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán mediante la presentación de la documentación siguiente:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. c) Documentación original o fotocopia autenticada.

d) Declaración responsable.

e) Certificado médico.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda de empleo del INEM.

Sexto.- Presentación de solicitudes:

Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo I, acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere el apartado 5 de esta Resolución y de currículum vitae, conforme al modelo del anexo II. El plazo de presentación de instancia será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. La presentación ha de realizarse en el Registro General de esta Presidencia, calle Viera y Clavijo, 50, Santa Cruz de Tenerife, o calle Rafael O'Shanahan, 9, Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente podrán presentarse en las Oficinas previstas en el Decreto 100/1985, de 19 de abril (B.O.C. nº 48, de 22.4.85), y en la forma que establece el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Séptimo.- El tercer día laborable a la fecha tope de recepción de instancias se publicarán en los tablones de anuncios de la Secretaría General, calle Viera y Clavijo, 50, Santa Cruz de Tenerife y calle Rafael O'Shanahan, 9, Las Palmas de Gran Canaria las listas definitivas de aspirantes admitidos a la celebración de las pruebas. Octavo.- Las pruebas selectivas se celebrarán en el lugar, día y hora que se indiquen en la mencionada lista de admitidos, debiendo comparecer los aspirantes provistos de D.N.I.

Noveno.- Sistema selectivo:

La selección se realizará mediante la superación de dos fases: la primera consistirá en una prueba teórico-práctica, a desarrollar en un periodo máximo de dos horas, relacionada con las funciones propias de la categoría; la segunda, valoración del currículum vitae cuyo baremo aquí se determina, y una entrevista. Solamente quienes superen la primera podrán pasar a la segunda y la suma de la puntuación obtenida en ambas fases será la que establezca el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos y por dicho orden, un número de aspirantes igual al de la categoría convocada, pudiendo el Tribunal aprobar una lista de reserva para la provisión temporal de vacantes que se produzcan. Dicha lista tendrá una vigencia de un año contado a partir de su publicación en los tablones de anuncios de la misma.

Las pruebas teórico-prácticas tendrán una puntuación máxima de 10 puntos, debiendo obtenerse como mínimo 5 puntos en total para superarlas, siendo por tanto eliminados del proceso selectivo los aspirantes que obtenga una puntuación inferior a 5 puntos.

Valoración de los méritos de los aspirantes.

Se valorarán los siguientes méritos:

1) Por trabajo similar al puesto a que opta. Máximo 6 puntos: 0,25 por mes.

2) Por experiencia en medios de comunicación (radio-prensa-TV). Máximo 4 puntos: 2 puntos por año. 3) Título de Licenciado en Periodismo: 2 puntos.

4) Cursos de perfeccionamiento relacionados directamente con la actividad periodística. Máximo 2 puntos: más de 15 horas 0,5 puntos.

5) Cursos de formación en técnicas informáticas o mecanográficas. Máximo 2 puntos: más de 15 horas 0,25 puntos.

6) Memoria-Proyecto: máximo 2 puntos.

7) Entrevista personal: máximo 3 puntos.

Décimo.- Tribunal Calificador: se constituirá de la siguiente forma: Presidente:

Titular: Ilmo. Sr. D. Antonio Lazcano Acedo, Secretario General de la Presidencia del Gobierno.

Suplente: D. José Javier Torres Lana, Jefe del Servicio de Estudios.

Vocal - Secretario:

Titular: Dña. Cándida Hernández Pérez, Jefa de Servicio de Asuntos Generales.

Suplente: D. Conrado Fernández Rizo, Jefe de Sección de Régimen Interior.

Vocales:

Titular: D. Antonio Pérez González, Jefe del Servicio de Relaciones con el Parlamento.

Suplente: Dña. Berta María Pérez Hernández, Jefa del Servicio de Secretariado del Gobierno.

Titular: D. Antonio Rodríguez-Pastrana Malagón, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Suplente: D. Javier Endériz Bonnet, en representación de la Dirección General de la Función Pública.

Titular: D. Roberto González Cabezuelo, en representación del Comité de Intercentros.

Suplente: D. Benigno Guillén Rodríguez, en representación del Comité de Intercentros.

Titular: D. Antonio Carreira Martín, en representación del Comité de Intercentros.

Suplente: Dña. María Rosa Jiménez Navarro, en representación del Comité de Intercentros.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos cuatro de sus miembros, sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón del servicio, de acuerdo con la normativa aplicable.

Undécimo.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta. Duodécimo.- La lista de los seleccionados se publicará en los tablones de la Secretaría General de esta Presidencia del Gobierno, en Santa Cruz de Tenerife, y en Las Palmas de Gran Canaria, que servirá de citación a la persona seleccionada que deberá presentar la documentación que en ella se señale.

Quedarán decaídos en su derecho quienes no presenten toda la documentación exigida en el plazo indicado, y la Administración efectuará llamamiento por orden si existe lista de reserva.

Decimotercero.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM en Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de diciembre de 1993.- El Secretario General, Antonio Lazcano Acedo.

A N E X O I

MODELO DE INSTANCIA

APELLIDOS Y NOMBRE: Nº D.N.I.: DOMICILIO:

EXPONE

Que habiéndose convocado por Resolución de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, de 21 de diciembre de 1993, pruebas selectivas para la contratación de personal laboral temporal en dicho Departamento,

SOLICITA

Ser admitido al citado concurso para la provisión de la plaza de Periodista.

(Lugar, fecha y firma).

ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO.

A N E X O I I

DATOS PROFESIONALES

Enumere los tres últimos trabajos del más moderno al más antiguo, indicando empresa, cargo que ocupa, principales ocupaciones, duración de empleo, motivo del cambio.

1) 2) 3)

CURSOS REALIZADOS

Tipo, lugar de realización, fecha, nº de horas, impartido por

1) 2) 3) 4)

(Lugar, fecha y firma).

OBSERVACIONES: se deberá añadir fotocopia compulsada de los títulos, diplomas y cursos, así como de los contratos de trabajo o certificaciones de empresa que acrediten su experiencia.

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