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BOC Nº 162. Viernes 24 de Diciembre de 1993 - 2006

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Economía y Hacienda

2006 - DECRETO 267/1993, de 8 de octubre, por el que se aprueban los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros mediante los sistemas de adjudicación por subasta, concurso y contratación directa.

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El Reglamento General de Contratación del Estado prevé la posibilidad de establecer los llamados Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares como elemento de agilización y simplificación del procedimiento de contratación administrativa.

Como consecuencia de la necesidad de proceder a una homogeneización de los instrumentos de contratación utilizados por los distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma como órganos de contratación, por Decreto 252/1993, de 24 de septiembre, se atribuye al Gobierno la competencia para la aprobación de los distintos Pliegos Tipo a utilizar en función de cuál sea el objeto de la contratación a realizar.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 8 de octubre de 1993,

D I S P O N G O:

Uno.- 1. Aprobar los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, de suministros, mediante los sistemas de adjudicación por subasta, concurso y contratación directa en los términos de los anexos I, II y III adjuntos al presente Decreto.

2. La modificación sustancial de alguna de las Cláusulas de los Pliegos Tipo no eximirá de informe del Servicio Jurídico requerido en el artículo 83 del Reglamento General de Contratación del Estado.

Dos.- Las referencias contenidas en los Pliegos Tipo relativas a plazos, cuantías y/o porcentajes quedarán automáticamente actualizadas cuando sean modificadas por disposiciones posteriores de igual o superior rango.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de octubre de 1993.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.

A N E X O I

PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE SUBASTA

I

DISPOSICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato será la realización del suministro de ........................ con la finalidad de .................... .

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias, es .......................................................................... .

2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo, y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente. 3. RÉGIMEN JURÍDICO

La contratación a que sirve de base este Pliego tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas a la Ley de Contratos del Estado (L.C.E.), al Reglamento General de Contratación del Estado (R.G.C.E.) y a las Cláusulas contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

4.1. El presupuesto máximo de licitación será de ................. pesetas, siendo los precios máximos por lotes los siguientes: ......................................... .

Se encuentra incluido en dicho presupuesto el importe correspondiente a la instalación de dicho suministro, importando el ........ % del presupuesto de licitación del total y de cada uno de los lotes en su caso.

4.2. La previsión inicial respecto del número de unidades a suministrar en un determinado lote, podrá incrementarse como consecuencia del ahorro que pudiera producirse por el precio a la baja ofertado para dicho lote por el licitador que resulte adjudicatario del contrato.

4.3. Serán rechazadas las ofertas que excedan del precio fijado, ya sea respecto del total o de cada uno de los lotes a los que liciten, en su caso.

5. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida presupuestaria ......................................., proyecto de inversión ............................................................... .

6. REVISIÓN DE PRECIOS (ÚNICAMENTE EN SUPUESTOS DE CONTRATOS DE FABRICACIÓN)

A la presente contratación (SI/NO) le será aplicada fórmula de revisión de precios: ..................... .

7. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de entrega del suministro será de ....... meses, fijándose los siguientes plazos y entregas parciales: .............................................. . II

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

8. FORMA DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará por el sistema de subasta, procedimiento abierto.

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

9.1. Estarán facultadas para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas y extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artº. 9 de la L.C.E., extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artº. 23 del R.G.C.E.

9.2. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí o mediante representación de personas autorizadas con poder debidamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. FIANZA PROVISIONAL (SI/NO)

Los licitadores deberán constituir fianza provisional por importe equivalente al 2% del presupuesto de licitación de la totalidad de los lotes, siendo de aplicación las normas de constitución y requisitos previstos para la fianza definitiva en la cláusula 19 del presente Pliego, a excepción de la exigencia de su depósito en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

11.1. Las proposiciones se presentarán en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalados en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de Canarias y, en su caso, en el Diario Oficial de la Comunidad Europea.

11.2. El plazo de presentación de las proposiciones se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias o en la fecha que se establezca en el propio anuncio.

11.3. La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, o bien mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de la imposición del envío en la oficina de correos, y anunciar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición en el caso de que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

11.4. La presentación de las proposiciones supone la presunción de que el licitador acepta, de modo incondicional, las cláusulas del Pliego.

11.5. Los interesados podrán examinar el Pliego y el resto de la documentación en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.

12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

12.1. La proposiciones constarán de dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.

12.2. Sobre nº 1: deberá tener el siguiente título: “Documentación general para la subasta del suministro de .............................................”, siendo su contenido el siguiente:

12.2.1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

12.2.1.1. Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales, o escritura de constitución de sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el empresario fuera persona jurídica.

12.2.1.2. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar el correspondiente poder (debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en su caso, si representa a una sociedad) bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

12.2.1.3. Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. 12.2.2. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante autoridad judicial, administrativa, Notario u Organismo profesional cualificado, de no hallarse en alguna de las circunstancias que le incapaciten para contratar con la Administración Pública, referidas en el artº. 23 del R.G.C.E.

12.2.3. Resguardo de haber constituido, en su caso, la fianza provisional.

12.3. Sobre nº 2: deberá tener el siguiente título:

“Proposición económica para la subasta del suministro de ........................................”, y su contenido será redactado según el modelo anexo I al Pliego, escrito a máquina, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, en cuyo caso la proposición sería rechazada.

12.3.1. Los licitadores podrán presentar sus proposiciones económicas referidas a uno, a varios, o a la totalidad de los lotes, según las prescripciones técnicas, debiendo hacer constar en la misma, en su caso, el porcentaje que la instalación de los bienes a suministrar represente sobre el total, y presentando, tan sólo, una proposición por cada lote.

12.3.2. El empresario que haya licitado en agrupación temporal, no podrá presentar proposiciones individualmente. Se desestimarán todas las proposiciones presentadas por el licitador que incumplan este precepto.

La documentación a aportar por los licitadores deberá ser presentada en originales o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.

13. MUESTRAS

Los licitadores (SI/NO) deberán presentar muestras de los artículos que, a tal efecto, se citan en las prescripciones técnicas, en las que se especifican sus características, así como el lugar, plazo y condiciones en que se han de presentar y retirar las muestras.

14. MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de contratación estará integrada por:

- Un Presidente, que será el titular del órgano de contratación, o persona en quien éste delegue.

- Hasta dos Vocales, designados por el Presidente de la Mesa de entre los funcionarios administrativos afectos al órgano de contratación.

- Un Letrado del Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Un Delegado de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Un Secretario designado por el Presidente de la Mesa de entre los funcionarios administrativos afectos al órgano de contratación.

15. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL

15.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre nº 1.

15.2. Si la Mesa de contratación observase defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador los subsane.

15.3. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.

16. APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL

16.1. La Mesa de contratación realizará en acto público, celebrado en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos.

Previamente, el Presidente dará cuenta a los asistentes del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre nº 1, con expresión de los licitadores excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta.

16.2. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 y a la lectura de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores.

16.3. La Mesa de contratación acordará la adjudicación provisional del contrato al mejor postor, e invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas reclamaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, levantándose acta de todo lo sucedido.

17. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL ADJUDICATARIO PROVISIONAL

17.1. Antes de la adjudicación definitiva, el adjudicatario deberá aportar, dentro de los 10 días siguientes a la adjudicación provisional, la documentación siguiente: 17.1.1. Los siguientes documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones tributarias:

- Alta en el censo del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). - Número de Identificación Fiscal.

- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y último recibo de su abono.

- Declaración, y en su caso, documento de ingreso del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados de ambos, de las retenciones a cuenta del I.R.P.F. y declaración anual de ellas, y del Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (I.G.T.E.) hasta el 31.12.92, y del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) a partir del 1.1.93.

- Declaración anual de operaciones a que se refiere el Real Decreto 2.529/1986, de 5 de diciembre.

Los documentos relacionados en los apartados anteriores se referirán a los doce últimos meses.

17.1.2. Los documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción en la misma o, si se trata de empresario individual, su afiliación y situación de alta en el régimen correspondiente, así como en su caso, haber afiliado y mantener en alta a los trabajadores a su servicio, y estar al corriente en el pago de las cuotas o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social, todo ello referido a los doce últimos meses.

17.2. Tanto el cumplimiento de las obligaciones tributarias como el de las obligaciones con la Seguridad Social se podrá acreditar, igualmente, mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente, relativa a la situación de estar al corriente en las mismas.

17.3. La documentación que acredite la capacidad técnica, económica y financiera.

Toda la documentación deberá presentarse en original o copias debidamente autenticadas o compulsadas.

18. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA

18.1. La Mesa de contratación elevará el expediente al órgano de contratación para la adjudicación definitiva, que deberá recaer dentro del plazo de los 20 días siguientes a la fecha de la adjudicación provisional. 18.2. La adjudicación definitiva confirmará la provisional, excepto en los casos previstos en el artº. 109 del R.G.C.E.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

19. CONSTITUCIÓN DE LA FIANZA DEFINITIVA

19.1. El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 15 días desde que se notifique la adjudicación, la constitución de la fianza definitiva por importe del 4% del presupuesto total de licitación de los lotes adjudicados.

19.2. La fianza podrá constituirse en metálico, Títulos de Deuda Pública, o mediante aval bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

19.3. En tanto no se dicten por el Ministerio de Economía y Hacienda disposiciones que, con carácter general regulen los requisitos a que se refiere el artº. 371 del R.G.C.E., se admitirá el afianzamiento mediante aval suscrito por entidades aseguradoras y mutualidades profesionales de contratistas, que acrediten, mediante certificado del órgano competente, estar autorizadas para emitirlos y tener aprobadas las cláusulas de la pólizas que a tal efecto se suscriban.

19.4. Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, el valor total del suministro contratado experimente variación, o cuando se produzca la amortización de los Títulos de Deuda Pública depositados como fianza, el contratista deberá reajustar la fianza constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la fianza y el presupuesto del suministro.

20. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

20.1. El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de 30 días desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, según modelo anexo II al presente Pliego.

Cuando el adjudicatario sea una agrupación temporal de empresas, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá el presente Pliego de bases, en muestra de aceptación. 20.2. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.

No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento, y debiendo entregar al órgano de contratación la primera copia del mismo.

20.3. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, se estará a lo establecido en el artº. 120 del R.G.C.E.

IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

21.1. El suministro se efectuará por el contratista con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al contenido del presente Pliego y de las prescripciones técnicas.

Las entregas, con los requisitos fijados en las prescripciones técnicas, de los que se dejará constancia en el correspondiente documento acreditativo de la recepción, se realizarán en los siguientes plazos y lugares: .................................................... .

21.2. La Administración podrá solicitar entregas anticipadas a los plazos inicialmente previstos, en la cuantía, fecha y condiciones siguientes: ........ ........................... . Asimismo, el adjudicatario podrá solicitar la recepción anticipada del suministro, reservándose la Administración la facultad de admitir tal solicitud.

21.3. En los supuestos de suministros con fabricación de los artículos a suministrar, la Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 266 y 267 del R.G.C.E.

21.4. El contrato se entenderá siempre convenido a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse.

Quedarán excepcionados de lo dispuesto en el apartado anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración.

El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en mora al recibirlos. 21.5. En el supuesto de tratarse de materiales o bienes muebles que requieran instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha, el contratista estará obligado a realizar tales operaciones de acuerdo con lo establecido en las prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato.

22. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

22.1. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez, así como los de formalización del contrato, si éste se elevase a escritura pública.

Si resultasen varios adjudicatarios, el coste de los anuncios indicados se abonará por cada uno de ellos en la proporción correspondiente a los suministros adjudicados.

22.2. Tanto en las proposiciones presentadas como en el importe de la adjudicación se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del suministro.

22.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de transporte y entrega del suministro hasta el lugar convenido, así como los derivados de la instalación y puesta en marcha, en su caso.

23. ABONOS AL CONTRATISTA

23.1. El contratista tendrá derecho al abono de los suministros efectivamente entregados de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el contrato.

23.2. El pago del precio se realizará de la siguiente forma: ....................................................... .

En cualquier caso la factura que se presente deberá ser emitida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, con indicación de los datos tributarios del I.G.I.C.

24. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

24.1. El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del suministro en los términos previstos en la cláusula 7 del presente Pliego.

24.2. Si llegado el término de cualquiera de los plazos o del final del suministro, el contratista hubiere incurrido en mora por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar entre la resolución del contrato con pérdida de fianza, o la imposición de las penalidades reglamentarias, que se harán efectivas mediante deducción en el pago del precio del suministro.

La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.

24.3. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá, a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo a lo dispuesto en el artº. 140 del R.G.C.E.

V

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

25. MODIFICACIÓN

25.1. La Administración podrá modificar el contrato en razón de las necesidades reales del servicio destinatario del suministro, con los límites establecidos en la L.C.E. Tal facultad no podrá afectar a las prestaciones que hayan sido recibidas en firme conforme al contrato.

25.2. La Administración no podrá negociar con el contratista prestaciones distintas de las que fueron objeto del contrato. No obstante, el suministro contratado podrá ampliarse, respecto de los mismos bienes a suministrar, hasta un 20% del importe del contrato principal, siempre que así convenga a los intereses públicos, y se mantenga el precio contractual.

26. SUSPENSIÓN

26.1. Si por razones de interés público, la Administración acordase la suspensión temporal del contrato por un tiempo superior a una quinta parte de su duración total, o, en todo caso, superior a tres meses, deberá abonar al contratista los daños y perjuicios que éste pudiera efectivamente sufrir.

26.2. Si la suspensión fuera definitiva, el contratista tendrá derecho a percibir el precio de los bienes efectivamente entregados, de los que tuviere preparados y dispuestos para la entrega, así como el beneficio presunto de los dejados de entregar.

El valor de lo que está en fase de elaboración y el beneficio presunto, se tasarán mediante procedimiento contradictorio, resolviendo el órgano de contratación. VI

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

27. RESOLUCIÓN

27.1. En el supuesto de resolución del contrato acordada por la Administración de oficio o a instancia del contratista, el órgano de contratación resolverá sobre si ha de quedar en suspenso el contrato o continuar en vigor hasta que se adopte el acuerdo definitivo sobre su resolución.

27.2. Si la resolución del contrato es acordada por causa imputable al contratista, éste únicamente tendrá derecho a que se le abone el suministro efectuado conforme al contrato hasta la fecha de la resolución, con independencia de las medidas que procedan respecto a la fianza constituida.

28. PLAZO DE GARANTÍA

28.1. El plazo de garantía será: ....................... .

No obstante, si el adjudicatario del contrato ofertó en su proposición un plazo de garantía superior, éste será el que regirá contractualmente.

28.2. Durante el período de garantía, el contratista estará obligado a sustituir, corregir o reparar todas las piezas o elementos que presenten defectos de fabricación, de instalación o de funcionamiento, así como a realizar todas aquellas prestaciones que, para este periodo, haya ofrecido en su proposición.

29. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA

29.1. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del suministro y transcurrido el periodo de garantía, se devolverá la fianza o, en su caso, se cancelará el aval, en el improrrogable plazo de tres meses, comunicándolo así el órgano de contratación a la Oficina donde esté aquélla depositada.

29.2. En caso de existencia de responsabilidad del contratista, la garantía constituida se aplicará a hacerla efectiva, conforme a lo dispuesto sobre la materia en el R.G.C.E.

30. JURISDICCIÓN

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de la contratación, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyo acuerdo pondrá fin a la vía administrativa. Contra el mismo cabrá el correspondiente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción. A N E X O I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. .................................................., con D.N.I. nº ...................., de ........ años de edad, de estado .........................., profesión ............., vecino de .................., calle ......................................, nº ........, enterado del Pliego de bases que ha de regir la contratación por el sistema de subasta para el suministro de ................................................., y aceptando íntegramente el contenido del mismo, en nombre .................................... (propio o de la persona o entidad/es que representa, indicando en este último caso sus circunstancias), se compromete a realizar el mencionado suministro, por importe de .................................................................................. .............................................. (en letras y números), descomponiéndose dicho importe en ...................... pesetas, correspondientes a suministro, y ............... ................... pesetas, correspondientes a instalación.

Lugar, fecha y firma del licitador.

A N E X O I I

“MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA SUMINISTRO”

En ..............................., a ...... de ...................... de 199... .

R E U N I D O S

DE UNA PARTE: el ..... Sr. D. ..............................., en calidad de ........................................................., según nombramiento por ..................., con facultades de órgano de contratación de dicha Consejería, de conformidad con el artº. .................................. .

DE OTRA PARTE: D. .........................................., mayor de edad, con D.N.I. nº ................................., expedido el día ..............., actuando en calidad de ............................ de .........................., con domicilio en .................................................................... .

Reconociéndose ambas partes recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente, convienen suscribir el presente contrato administrativo de ................................................ cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son:

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas fue aprobado por Resolución del ............................ ......................................, de fecha .................., cuya copia se une al presente contrato como anexo nº 1.

SEGUNDO.- La contracción del gasto fue efectuada por la Intervención Delegada de la Consejería de ..............................................., en fecha ........................., con cargo a la aplicación presupuestaria ............................, realizándose la fiscalización previa el día ................... .

TERCERO.- La adjudicación de este contrato se acordó por Resolución del ...................................., de fecha ............................ .

CLÁUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA.- D. ...................................... se compromete, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que le son de aplicación, a realizar ................................................................................ .

SEGUNDA.- El precio de este contrato es de ....................... pesetas y su abono se realizará ............................................................................... .

TERCERA.- El suministro objeto del contrato habrá de ser entregado en un plazo de .................... .................................. .

CUARTA.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, el adjudicatario ha depositado a favor de la Administración la cantidad de .......................... en concepto de fianza definitiva.

QUINTA.- El presente contrato se somete a las normas contenidas en la Ley de Contratos del Estado y demás normativa de general aplicación, reservándose la Consejería de Economía y Hacienda la facultad de interpretar sus cláusulas y resolver las dudas y cuestiones litigiosas que surjan en su cumplimiento.

Tales acuerdos pondrán fin a la vía administrativa a efectos de la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con la Ley reguladora de dicha jurisdicción, quedando sometidas ambas partes, de forma expresa, a la jurisdicción de los Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria/Santa Cruz de Tenerife.

Y así en base a lo expuesto y estipulado, ambas partes suscriben el presente contrato en prueba de conformidad, en el lugar y fecha mencionados.

EL EL CONTRATISTA

Fdo.: Fdo.: A N E X O I I

PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE CONCURSO

I

DISPOSICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato será la realización del suministro de ................................................. con la finalidad de ........................................................ .

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias, es ................................... .

2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo, y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

3. RÉGIMEN JURÍDICO

La contratación a que sirve de base este Pliego tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas a la Ley de Contratos del Estado (L.C.E.), al Reglamento General de Contratación del Estado (R.G.C.E.) y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

4.1. El presupuesto máximo de licitación será de ....................... pesetas, siendo los precios máximos por lotes los siguientes: ................................. .

Se encuentra incluido en dicho presupuesto el importe correspondiente a la instalación de dicho suministro, importando el ...... % del presupuesto de licitación del total y de cada uno de los lotes en su caso.

4.2. La previsión inicial respecto del número de unidades a suministrar en un determinado lote, podrá incrementarse como consecuencia del ahorro que pudiera producirse por el precio a la baja ofertado para dicho lote por el licitador que resulte adjudicatario del contrato.

4.3. Serán rechazadas las ofertas que excedan del precio fijado, ya sea respecto del total o de cada uno de los lotes a los que liciten, en su caso.

4.4. Cuando no fuera posible la fijación previa de un presupuesto definitivo, éste será el que resulte de la aprobación de la proposición seleccionada.

5. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida presupuestaria ..........................., proyecto de inversión ...................... .

6. REVISIÓN DE PRECIOS (ÚNICAMENTE EN SUPUESTOS DE CONTRATOS DE FABRICACIÓN)

A la presente contratación (SI/NO) le será aplicada fórmula de revisión de precios: .................... .

7. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de entrega del suministro será de ........... meses, fijándose los siguientes plazos y entregas parciales: ........................................ .

II

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

8. FORMA DE ADJUDICACIÓN

8.1. El contrato se adjudicará, mediante concurso, a la proposición que el órgano de contratación considere más ventajosa, de acuerdo con los criterios que se especifican en el apartado siguiente, sin perjuicio del derecho de la Administración a declarar desierto el concurso.

8.2. Los criterios que han de servir de base al órgano de contratación para adjudicar el contrato son los siguientes: ................................................... ................................................................................ .

En el acuerdo de adjudicación se expresará la ponderación de los criterios que han determinado la adjudicación.

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

9.1. Estarán facultadas para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas y extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artº. 9 de la L.C.E., extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artº. 23 del R.G.C.E.

9.2. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí o mediante representación de persona autorizada con poder debidamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. FIANZA PROVISIONAL (SI/NO)

Los licitadores deberán constituir fianza provisional por importe equivalente al 2% del presupuesto de licitación de la totalidad de los lotes, siendo de aplicación las normas de constitución y requisitos previstos para la fianza definitiva en la cláusula 18 del presente Pliego, a excepción de la exigencia de su depósito en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

11.1. Las proposiciones se presentarán en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalados en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de Canarias y, en su caso, en el Diario Oficial de la Comunidad Europea.

11.2. El plazo de presentación de proposiciones se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias o en la fecha que se establezca en el propio anuncio.

11.3. La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, o bien mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de la imposición del envío en la oficina de correos, y anunciar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición en el caso de que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

11.4. La presentación de las proposiciones supone la presunción de que el licitador acepta, de modo incondicional, las cláusulas del Pliego.

11.5. Los interesados podrán examinar el Pliego y el resto de la documentación en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación. 12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

12.1. Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.

12.2. Sobre nº 1: deberá tener el siguiente título: “Documentación general para el concurso del suministro de .............................”, siendo su contenido el siguiente: ................................................... .

12.2.1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

12.2.1.1. Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales o escritura de constitución de sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el empresario fuera persona jurídica.

12.2.1.2. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar el correspondiente poder (debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en su caso, si representa a una sociedad) bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

12.2.1.3. Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración.

12.2.2. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante autoridad judicial, administrativa, Notario u Organismo profesional cualificado, de no hallarse en alguna de las circunstancias que le incapaciten para contratar con la Administración Pública, referida en el artº. 23 del R.G.C.E.

12.2.3. Resguardo de haber constituido, en su caso, la fianza provisional.

12.3. Sobre nº 2: deberá tener el siguiente título:

“Proposición económica para el concurso del suministro de ..............................”, y su contenido será redactado según el modelo anexo I al Pliego, escrito a máquina, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, en cuyo caso la proposición sería rechazada.

12.3.1. Los licitadores podrán presentar sus proposiciones económicas referidas a uno, a varios o a la totalidad de los lotes, según las prescripciones técnicas, debiendo hacer constar en la misma, en su caso, el porcentaje que la instalación de los bienes a suministrar represente sobre el total.

12.3.2. Cada licitador podrá presentar tan sólo una proposición por cada lote, si bien la proposición podrá ofrecer cuantas soluciones distintas considere oportuno plantear en relación con el objeto del contrato, pudiendo, en consecuencia, presentar proposiciones económicas alternativas, en función de las variantes que se ofrezcan.

12.3.3. El empresario que haya licitado en agrupación temporal, no podrá presentar proposiciones individualmente. Se desestimarán todas las proposiciones presentadas por el licitador que incumplan este precepto.

12.4. Sobre nº 3: contendrá los documentos justificativos del cumplimiento del/los criterio/s de selección no económicos enumerados en la cláusula 8.2 del presente Pliego.

La documentación a aportar por los licitadores deberá ser presentada en originales o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.

13. MUESTRAS

Los licitadores (SI/NO) deberán presentar muestras de los artículos que, a tal efecto, se citan en las prescripciones técnicas, en las que se especifican sus características, así como el lugar, plazo y condiciones en que se han de presentar y retirar las muestras.

14. MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de contratación estará integrada por:

- Un Presidente, que será el titular del órgano de contratación, o persona en quien éste delegue.

- Hasta dos Vocales, designados por el Presidente de la Mesa de entre los funcionarios administrativos afectos al órgano de contratación.

- Un Letrado del Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Un Delegado de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Un Secretario designado por el Presidente de la Mesa de entre los funcionarios administrativos afectos al órgano de contratación.

15. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL

15.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre nº 1.

15.2. Si la Mesa de contratación observase defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador los subsane.

15.3. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.

16. APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS

16.1. La Mesa de contratación realizará en acto público, celebrado en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos.

Previamente, el Presidente dará cuenta a los asistentes del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre nº 1, con expresión de los licitadores excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta.

16.2. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres núms. 2 y 3, y a la lectura de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, levantándose a continuación la sesión y elevándose de inmediato la documentación, con el acta y las observaciones que la Mesa estime pertinentes, al órgano de contratación que haya de realizar la adjudicación.

16.3. El órgano de contratación, previas las consultas que estime procedentes, tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, aplicando los criterios base de adjudicación, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o, alternativamente, declarar desierto el concurso.

16.4. Transcurridos tres meses desde la fecha de la apertura de las proposiciones sin que la Administración haya dictado acuerdo resolutorio del concurso, los licitadores podrán, si lo desean, retirar sus ofertas y las fianzas depositadas.

17. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL POSIBLE ADJUDICATARIO

Con anterioridad a la adjudicación, la Administración requerirá al licitador que pudiera resultar adjudicatario para que, en el plazo de 10 días, aporte la documentación siguiente:

17.1. Los siguientes documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones tributarias:

- Alta en el censo del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).

- Número de Identificación Fiscal.

- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y último recibo de su abono. - Declaración, y en su caso, documento de ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados de ambos, de las retenciones a cuenta del I.R.P.F. y declaración anual de las mismas, y del Impuesto sobre Tráfico de Empresas (I.G.T.E.) hasta el 31.12.92, y del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) a partir del 1.1.93.

- Declaración anual de operaciones a que se refiere el Real Decreto 2.529/1986, de 5 de diciembre.

Los documentos relacionados en los apartados anteriores se referirán a los doce últimos meses.

17.2. Los documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción en la misma o, si se trata de empresario individual, su afiliación y situación de alta en el régimen correspondiente, así como en su caso, haber afiliado y mantener en alta a los trabajadores a su servicio, y estar al corriente en el pago de las cuotas o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social, todo ello referido a los doce últimos meses.

Tanto el cumplimiento de las obligaciones tributarias como el de las obligaciones con la Seguridad Social se podrá acreditar, igualmente, mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente, relativa a la situación de estar al corriente en las mismas.

17.3. La documentación que acredite la capacidad técnica, económica y financiera. Toda la documentación deberá presentarse en original o copias debidamente autenticadas o compulsadas.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

18. CONSTITUCIÓN DE LA FIANZA DEFINITIVA

18.1. El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 15 días desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de la fianza definitiva por importe del 4% del presupuesto total de licitación de los lotes adjudicados.

18.2. La fianza podrá constituirse en metálico, Títulos de Deuda Pública o mediante aval bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo depositarse su importe o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

18.3. En tanto no se dicten por el Ministerio de Economía y Hacienda disposiciones que, con carácter general regulen los requisitos a que se refiere el artº. 371 del R.G.C.E., se admitirá el afianzamiento mediante aval suscrito por entidades aseguradoras y mutualidades profesionales de contratistas, que acrediten, mediante certificado del órgano competente, estar autorizadas para emitirlos y tener aprobadas las cláusulas de las pólizas que a tal efecto se suscriban.

18.4. Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, el valor total del suministro contratado experimente variación o cuando se produzca la amortización de los Títulos de Deuda Pública depositados como fianza, el contratista deberá reajustar la fianza constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la fianza y el presupuesto del suministro.

19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

19.1. El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de 30 días, desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, según modelo anexo II al presente Pliego.

Cuando el adjudicatario sea una agrupación temporal de empresas, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá el presente Pliego de bases, en muestra de aceptación. 19.2. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.

No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento, debiendo entregar al órgano de contratación la primera copia del mismo.

19.3. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, se estará a lo establecido en el artº. 120 del R.G.C.E.

IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

20. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

20.1. El suministro se efectuará por el contratista con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al contenido del presente Pliego y de las prescripciones técnicas.

Las entregas, con los requisitos fijados en las prescripciones técnicas, de los que se dejará constancia en el correspondiente documento acreditativo de la recepción, se realizarán en los siguientes plazos y lugares: ................................................. ............................................................................... .

20.2. La Administración podrá solicitar entregas anticipadas a los plazos inicialmente previstos, en la cuantía, fecha y condiciones siguientes: ......... .......................... . Asimismo, el adjudicatario podrá solicitar la recepción anticipada del suministro reservándose la Administración la facultad de admitir tal solicitud.

20.3. En los supuestos de suministros con fabricación de los artículos a suministrar, la Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 266 y 267 del R.G.C.E.

20.4. El contrato se entenderá siempre convenido a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse.

Quedarán excepcionados de lo dispuesto en el apartado anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración.

El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos. 20.5. En el supuesto de tratarse de materiales o bienes muebles que requieran instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha, el contratista estará obligado a realizar tales operaciones de acuerdo con lo establecido en las prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato.

21. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

21.1. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez, así como la formalización del contrato, si éste se elevase a escritura pública.

Si resultasen varios adjudicatarios, el coste de los anuncios indicados se abonará por cada uno de ellos en la proporción correspondiente a los suministros adjudicados.

21.2. Tanto en las proposiciones presentadas como en el importe de la adjudicación se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del suministro.

21.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de transporte y entrega del suministro hasta el lugar convenido, así como los derivados de la instalación o puesta en marcha, en su caso.

22. ABONOS AL CONTRATISTA

22.1. El contratista tendrá derecho al abono de los suministros efectivamente entregados de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el contrato.

22.2. El pago del precio se realizará de la siguiente forma: .................................................... .

En cualquier caso la factura que se presente deberá ser emitida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, con indicación de los datos tributarios del I.G.I.C.

23. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

23.1. El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del suministro en los términos previstos en la cláusula 7 del presente Pliego.

23.2. Si llegado el término de cualquiera de los plazos o del final del suministro, el contratista hubiere incurrido en mora por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar entre la resolución del contrato con pérdida de fianza o la imposición de las penalidades reglamentarias, que se harán efectivas mediante deducción en el pago del precio del suministro.

La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.

23.3. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá, a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo a lo dispuesto en el artº. 140 del R.G.C.E.

V

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

24. MODIFICACIÓN

24.1. La Administración podrá modificar el contrato en razón de las necesidades reales del servicio destinatario del suministro, con los límites establecidos en la L.C.E. Tal facultad no podrá afectar a las prestaciones que hayan sido recibidas en firme conforme al contrato.

24.2. La Administración no podrá negociar con el contratista prestaciones distintas de las que fueron objeto del contrato. No obstante, el suministro contratado podrá ampliarse, respecto de los mismos bienes a suministrar, hasta un 20% del importe del contrato principal, siempre que así convenga a los intereses públicos y se mantenga el precio contractual.

25. SUSPENSIÓN

25.1. Si por razones de interés público la Administración acordase la suspensión temporal del contrato por un tiempo superior a una quinta parte de su duración total, o, en todo caso, superior a tres meses, deberá abonar al contratista los daños y perjuicios que éste pudiera efectivamente sufrir.

25.2. Si la suspensión fuera definitiva, el contratista tendrá derecho a percibir el precio de los bienes efectivamente entregados, de los que tuviere preparados y dispuestos para la entrega, así como el beneficio presunto de los dejados de entregar.

El valor de lo que está en fase de elaboración y el beneficio presunto, se tasarán mediante procedimiento contradictorio, resolviendo el órgano de contratación. VI

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

26. RESOLUCIÓN

26.1. En el supuesto de resolución del contrato acordada por la Administración de oficio o a instancia del contratista, el órgano de contratación resolverá sobre si ha de quedar en suspenso el contrato o continuar en vigor hasta que se adopte el acuerdo definitivo sobre su resolución.

26.2. Si la resolución del contrato es acordada por causa imputable al contratista, éste únicamente tendrá derecho a que se le abone el suministro efectuado conforme al contrato hasta la fecha de la resolución, con independencia de las medidas que procedan respecto a la fianza constituida.

27. PLAZO DE GARANTÍA

27.1. El plazo de garantía será: ...................... .

No obstante, si el adjudicatario del contrato ofertó en su proposición un plazo de garantía superior, éste será el que regirá contractualmente.

27.2. Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a sustituir, corregir o reparar todas las piezas o elementos que presenten defectos de fabricación, de instalación o de funcionamiento, así como a realizar todas aquellas prestaciones que, para este periodo, haya ofrecido en su proposición.

28. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA

28.1. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del suministro, y transcurrido el periodo de garantía, se devolverá la fianza o en su caso, se cancelará el aval, en el improrrogable plazo de tres meses, comunicándolo así el órgano de contratación a la Oficina donde esté aquélla depositada.

28.2. En caso de existencia de responsabilidad del contratista, la garantía constituida se aplicará a hacerla efectiva, conforme a lo dispuesto sobre la materia en el R.G.C.E.

29. JURISDICCIÓN

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de la contratación, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyo acuerdo pondrá fin a la vía administrativa. Contra el mismo cabrá el correspondiente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción. A N E X O I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. .............................................................., con D.N.I. nº ............................, de ........ años de edad, de estado ..................., profesión .........................., vecino de ............................, calle .........................., nº ........, enterado del Pliego de bases que ha de regir la contratación por el sistema de concurso para el suministro de .............................................., y aceptando íntegramente el contenido del mismo, en nombre .................................... (propio o de la persona o entidad/es que representa, indicando en este último caso sus circunstancias), se compromete a realizar el mencionado suministro, por importe de ............................................................................. ............................................. (en letras y números), descomponiéndose dicho importe en ...................... pesetas, correspondientes a suministro, y ............... pesetas, correspondientes a instalación.

Lugar, fecha y firma del licitador.

A N E X O I I

“MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA SUMINISTRO”

En ............................., a ......... de ..................... de 199... .

R E U N I D O S

DE UNA PARTE: el ..... Sr. D. ..........................., en calidad de ..............................................................., según nombramiento por ..................., con facultades de órgano de contratación de dicha Consejería, de conformidad con el artº. .................................. .

DE OTRA PARTE: D. ............................................., mayor de edad, con D.N.I. nº ................................., expedido el día ..............., actuando en calidad de .................................. de .............................., con domicilio en .......................................................... .

Reconociéndose ambas partes recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente, convienen suscribir el presente contrato administrativo de ................................................ cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son:

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas fue aprobado por Resolución del ................................, de fecha ..........................., cuya copia se une al presente contrato como anexo nº 1.

SEGUNDO.- La contracción del gasto fue efectuada por la Intervención Delegada de la Consejería de ........................................................, en fecha ........................., con cargo a la aplicación presupuestaria ............................................, realizándose la fiscalización previa el día .................................. .

TERCERO.- La adjudicación de este contrato se acordó por Resolución del ...................................., de fecha ........................... .

CLÁUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA.- D. ...................................................... se compromete, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que le son de aplicación, a realizar ....................................................................... .

SEGUNDA.- El precio de este contrato es de ......................................... pesetas y su abono se realizará ................................................................. .

TERCERA.- El suministro objeto del contrato habrá de ser entregado en un plazo de ................... .................................. .

CUARTA.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, el adjudicatario ha depositado a favor de la Administración la cantidad de .............................. en concepto de fianza definitiva.

QUINTA.- El presente contrato se somete a las normas contenidas en la Ley de Contratos del Estado y demás normativa de general aplicación, reservándose la Consejería de Economía y Hacienda la facultad de interpretar sus cláusulas y resolver las dudas y cuestiones litigiosas que surjan en su cumplimiento.

Tales acuerdos pondrán fin a la vía administrativa a efectos de la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con la Ley reguladora de dicha jurisdicción, quedando sometidas ambas partes, de forma expresa, a la jurisdicción de los Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria/Santa Cruz de Tenerife.

Y así en base a lo expuesto y estipulado, ambas partes suscriben el presente contrato en prueba de conformidad, en el lugar y fecha mencionados.

EL EL CONTRATISTA

Fdo.: Fdo.: A N E X O I I I

PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATACIÓN DIRECTA

I

DISPOSICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato será la realización del suministro de ........................................................ con la finalidad de ................................................. .

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias, es .......................................................................... .

2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo, y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo, y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable.

Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

3. RÉGIMEN JURÍDICO

La contratación a que sirve de base este Pliego tiene carácter administrativo y ambas partes quedan sometidas a la Ley de Contratos del Estado (L.C.E.), al Reglamento General de Contratación del Estado (R.G.C.E.) y a las cláusulas contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

4.1. El presupuesto máximo de licitación será de ................................. pesetas, siendo los precios máximos por lotes los siguientes: ........................ ............................................................................... .

Se encuentra incluido en dicho presupuesto el importe correspondiente a la instalación de dicho suministro, importando el ..... % del presupuesto de licitación del total y de cada uno de los lotes en su caso.

4.2. La previsión inicial respecto del número de unidades a suministrar en un determinado lote, podrá incrementarse como consecuencia del ahorro que pudiera producirse por el precio a la baja ofertado para dicho lote por la empresa que resulte adjudicataria del contrato.

4.3. Serán rechazadas las ofertas que excedan del precio fijado, ya sea respecto del total o de cada uno de los lotes a los que liciten, en su caso.

5. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación con cargo a la partida presupuestaria ..................................................., proyecto de inversión ....................................................... .

6. REVISIÓN DE PRECIOS (ÚNICAMENTE EN SUPUESTOS DE CONTRATOS DE FABRICACIÓN)

A la presente contratación (SI/NO) le será aplicada fórmula de revisión de precios: ....................... ................................................... .

7. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de entrega del suministro será de ............. meses, fijándose los siguientes plazos y entregas parciales: ................................. ............................................................................... .

II

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

8. FORMA DE ADJUDICACIÓN

8.1. El contrato se adjudicará por contratación directa por el órgano de contratación, de acuerdo con lo establecido en el artº. 247, apartado ......., del R.G.C.E.

8.2. Salvo en los supuestos de no promoción de concurrencia, previstos en los apartados 1, 4 y 6 del artº. 247 del R.G.C.E., el órgano de contratación deberá cursar petición de ofertas al menos a tres empresas, si ello es posible, capacitadas para realizar el suministro o bien haber difundido con carácter general la petición de dichas ofertas mediante anuncio público.

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

9.1. Estarán facultadas para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas y extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artº. 9 de la L.C.E., extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artº. 23 del R.G.C.E.

9.2. Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí o mediante representación de personas autorizadas con poder debidamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

10.1. Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado, en la forma, lugar y plazo señalados en la carta de invitación o en el anuncio publicado al efecto.

10.2. Las empresas invitadas o interesadas podrán examinar, con una antelación mínima de ........ días, el Pliego de bases en las oficinas señaladas al efecto.

11. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

11.1. Las proposiciones se ajustarán al modelo que consta como anexo I al presente Pliego, presumiendo su presentación que la empresa acepta de modo incondicional las cláusulas del Pliego.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que sean fundamentales para considerar la oferta.

11.2. Las empresas podrán presentar sus proposiciones económicas referidas a uno, a varios o a la totalidad de los lotes, según las prescripciones técnicas debiendo hacer constar en la misma, en su caso, el porcentaje que la instalación de los bienes a suministrar represente sobre el total, presentando, tan sólo, una proposición por cada lote.

12. MUESTRAS

Los licitadores (SI/NO) deberán presentar muestras de los artículos que, a tal efecto, se citan en las prescripciones técnicas, en las que se especifican sus características, así como el lugar, plazo y condiciones en que se han de presentar y retirar las muestras.

13. EXAMEN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN

Una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones, el órgano de contratación examinará la documentación y las proposiciones presentadas, y adjudicará el suministro a la empresa cuya oferta elija libremente la Administración, con observancia de lo establecido en la cláusula 14 del presente Pliego. Se dejará constancia en el expediente de la justificación de la decisión adoptada.

14. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LA EMPRESA SELECCIONADA

La Administración requerirá a la empresa que resulte seleccionada para que, en el plazo de 10 días, aporte la documentación siguiente:

14.1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

14.1.1. Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales o escritura de constitución de sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el empresario fuera persona jurídica.

14.1.2. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar el correspondiente poder (debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en su caso, si representa a una sociedad) bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

14.2. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante autoridad judicial, administrativa, Notario u Organismo profesional cualificado, de no hallarse en alguna de las circunstancias que le incapacitan para contratar con la Administración Pública, referidas en el artº. 23 del R.G.C.E.

14.3. Aquellos documentos que, relativos a experiencia, medios materiales u otras referencias, se exijan en la invitación o el anuncio.

14.4. Los siguientes documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones tributarias:

- Alta en el censo del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). - Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y último recibo de su abono. - Número de Identificación Fiscal. - Declaración y, en su caso, documento de ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados de ambos, de las retenciones a cuenta del I.R.P.F. y declaración anual de ellas, y del Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (I.G.T.E.) hasta el 31.12.92, y del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) a partir del 1.1.93. - Declaración anual de operaciones a que se refiere el Real Decreto 2.529/1986, de 5 de diciembre.

Los documentos descritos en los apartados anteriores se referirán a los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de adjudicación del contrato.

14.5. Los documentos acreditativos de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción en la misma o si se trata de empresario individual, su afiliación y situación de alta en el régimen correspondiente, así como en su caso, haber afiliado y mantener en alta a los trabajadores a su servicio, y estar al corriente en el pago de las cuotas o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social, todo ello referido a los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de adjudicación del contrato.

Tanto el cumplimiento de las obligaciones tributarias como el de las obligaciones con la Seguridad Social se podrá acreditar, igualmente, mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente, relativa a la situación de estar al corriente en las mismas.

14.6. La documentación que acredite la capacidad técnica, económica y financiera.

La documentación a aportar deberá ser presentada en originales o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

15. CONSTITUCIÓN DE LA FIANZA DEFINITIVA

15.1. El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 15 días desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de la fianza definitiva por importe del 4% del presupuesto total de licitación de los lotes adjudicados.

15.2. La fianza podrá constituirse en metálico, Títulos de Deuda Pública o mediante aval bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo depositarse su importe o la documentación acreditativa correspondiente en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

15.3. En tanto no se dicten por el Ministerio de Economía y Hacienda disposiciones que, con carácter general regulen los requisitos a que se refiere el artº. 371 del R.G.C.E., se admitirá el afianzamiento mediante aval suscrito por entidades aseguradoras y mutualidades profesionales de contratistas, que acrediten, mediante certificado del órgano competente, estar autorizadas para emitirlos y tener aprobadas las cláusulas de las pólizas que a tal efecto se suscriban.

15.4. Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, el valor total del suministro contratado experimente variación o cuando se produzca la amortización de los Títulos de Deuda Pública depositados como fianza, el contratista deberá reajustar la fianza constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la fianza y el presupuesto del suministro.

16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

16.1. El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 30 días desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato según modelo anexo II al presente Pliego.

Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá el presente Pliego de bases, en muestra de aceptación.

16.2. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.

No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento, y debiendo entregar al órgano de contratación la primera copia del mismo.

16.3. Si por causa imputable al adjudicatario, no pudiera formalizarse el contrato, la Administración resolverá dejar sin efecto la adjudicación, pudiendo el órgano de contratación acordar el abono de una indemnización equivalente al 2% del presupuesto del lote o lotes adjudicados.

IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

17. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

17.1. El suministro se efectuará por el contratista con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al contenido del presente Pliego y de las prescripciones técnicas.

Las entregas, con los requisitos fijados en las prescripciones técnicas, de los que se dejará constancia en el correspondiente documento acreditativo de la recepción, se realizarán en los siguientes plazos y lugares: ...................................................... ........................................................... .

17.2. La Administración podrá solicitar entregas anticipadas a los plazos inicialmente previstos, en la cuantía, fecha y condiciones siguientes: ................................... . Asimismo, el adjudicatario podrá solicitar la recepción anticipada del suministro, reservándose la Administración la facultad de admitir tal solicitud.

17.3. En los supuestos de suministro con fabricación de los artículos a suministrar, la Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 266 y 267 del R.G.C.E.

17.4. El contrato se entenderá siempre convenido a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse.

Quedarán excepcionados de lo dispuesto en el apartado anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración.

El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos.

17.5. En el supuesto de tratarse de materiales o bienes muebles que requieran instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha, el contratista estará obligado a realizar tales operaciones de acuerdo con lo establecido en las prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato.

18. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

18.1. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez, así como la formalización del contrato, si éste se elevase a escritura pública.

Si resultasen varios adjudicatarios, el coste de los anuncios indicados se abonará por cada uno de ellos en la proporción correspondiente a los suministros adjudicados.

18.2. Tanto en las proposiciones presentadas como en el importe de la adjudicación se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del suministro. 18.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de transporte y entrega del suministro hasta el lugar convenido, así como los derivados de la instalación y puesta en marcha, en su caso.

19. ABONOS AL CONTRATISTA

19.1. El contratista tendrá derecho al abono de los suministros efectivamente entregados de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Pliego y en el contrato.

19.2. El pago del precio se realizará de la siguiente forma: ....................................................... .

En cualquier caso la factura que se presente deberá ser emitida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, con indicación de los datos tributarios del I.G.I.C.

20. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

20.1. El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del suministro en los términos previstos en la cláusula 7 del presente Pliego.

20.2. Si llegado el término de cualquiera de los plazos o del final del suministro, el contratista hubiere incurrido en mora por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar entre la resolución del contrato con pérdida de fianza, o la imposición de las penalidades reglamentarias, que se harán efectivas mediante deducción en el pago del precio del suministro.

La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.

20.3. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá, a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo a lo dispuesto en el artº. 140 del R.G.C.E.

V

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

21. MODIFICACIÓN

21.1. La Administración podrá modificar el contrato en razón de las necesidades reales del servicio destinatario del suministro, con los límites establecidos en la L.C.E. Tal facultad no podrá afectar a las prestaciones que hayan sido recibidas en firme conforme al contrato.

21.2. La Administración no podrá negociar con el contratista prestaciones distintas de las que fueron objeto del contrato. No obstante, el suministro contratado podrá ampliarse respecto de los mismos bienes a suministrar, hasta un 20% del importe del contrato principal, siempre que así convenga a los intereses públicos y se mantenga el precio contractual.

22. SUSPENSIÓN

22.1. Si por razones de interés público, la Administración acordase la suspensión temporal del contrato por un tiempo superior a una quinta parte de su duración total, o en todo caso, superior a tres meses, deberá abonar al contratista los daños y perjuicios que éste pudiera efectivamente sufrir.

22.2. Si la suspensión fuera definitiva, el contratista tendrá derecho a percibir el precio de los bienes efectivamente entregados, de los que tuviere preparados y dispuestos para la entrega, así como el beneficio presunto de los dejados de entregar.

El valor de lo que está en fase de elaboración y el beneficio presunto, se tasarán mediante procedimiento contradictorio, resolviendo el órgano de contratación.

VI

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

23. RESOLUCIÓN

23.1. En el supuesto de resolución del contrato acordada por la Administración de oficio o a instancia del contratista, el órgano de contratación resolverá sobre si ha de quedar en suspenso el contrato o continuar en vigor hasta que se adopte el acuerdo definitivo sobre su resolución.

23.2. Si la resolución del contrato es acordada por causa imputable al contratista, éste únicamente tendrá derecho a que se le abone el suministro efectuado conforme al contrato hasta la fecha de la resolución, con independencia de las medidas que procedan respecto a la fianza constituida.

24. PLAZO DE GARANTÍA

24.1. El plazo de garantía será: ....................... .

No obstante, si el adjudicatario del contrato ofertó en su proposición un plazo de garantía superior, éste será el que regirá contractualmente.

24.2. Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a sustituir, corregir o reparar todas las piezas o elementos que presenten defectos de fabricación, de instalación o de funcionamiento, así como a realizar todas aquellas prestaciones que, para este periodo, haya ofrecido en su proposición.

25. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA

25.1. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del suministro, y transcurrido el periodo de garantía, se devolverá la fianza o, en su caso, se cancelará el aval, en el improrrogable plazo de tres meses, comunicándolo así el órgano de contratación a la Oficina donde esté aquélla depositada.

25.2. En caso de existencia de responsabilidad del contratista, la garantía constituida se aplicará a hacerla efectiva, conforme a lo dispuesto sobre la materia en el R.G.C.E.

26. JURISDICCIÓN

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyo acuerdo pondrá fin a la vía administrativa. Contra el mismo cabrá el correspondiente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

A N E X O I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. ............................................................, con D.N.I. nº ......................, de ......... años de edad, de estado ...................., profesión ..............................., vecino de .................., calle .................................., nº ........, enterado del Pliego de bases que ha de regir la contratación por el sistema de contratación directa para el suministro de .................................., y aceptando íntegramente el contenido del mismo, en nombre ......................................... (propio o de la persona o entidad/es que representa, indicando en este último caso sus circunstancias), se compromete a realizar el mencionado suministro, por importe de ............................................................... .............................................. (en letras y números), descomponiéndose dicho importe en ..................... .................................... pesetas, correspondientes a suministro, y .................................. pesetas, correspondientes a instalación.

Lugar, fecha y firma del licitador. A N E X O I I

“MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO”

En ......................., a ...... de .......................... de 199... .

R E U N I D O S

DE UNA PARTE: el ...... Sr. D. ............................... ........................., en calidad de .............................., según nombramiento por ..................., con facultades de órgano de contratación de dicha Consejería, de conformidad con el artº. .................................. .

DE OTRA PARTE: D. ............................................., mayor de edad, con D.N.I. nº ................................., expedido el día ..............., actuando en calidad de ......................... de ..........................., con domicilio en ........................................................................... .

Reconociéndose ambas partes recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente, convienen suscribir el presente contrato administrativo de ............................................................, cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son:

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas fue aprobado por Resolución del .................................., de fecha ..........................., cuya copia se une al presente contrato como anexo nº 1.

SEGUNDO.- La contracción del gasto fue efectuada por la Intervención Delegada de la Consejería de ....................................................., en fecha ..........................., con cargo a la aplicación presupuestaria .............................., realizándose la fiscalización previa el día ................... .

TERCERO.- La adjudicación de este contrato se acordó por Resolución del ....................................., de fecha ............................ .

CLÁUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA.- D. ...................................... se compromete, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que le son de aplicación, a realizar ................................................................................ .

SEGUNDA.- El precio de este contrato es de ................................. pesetas y su abono se realizará ........................................................................... . TERCERA.- El suministro objeto del contrato habrá de ser entregado en un plazo de .................. .

CUARTA.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, el adjudicatario ha depositado a favor de la Administración la cantidad de ..................................... en concepto de fianza definitiva.

QUINTA.- El presente contrato se somete a las normas contenidas en la Ley de Contratos del Estado y demás normativa de general aplicación, reservándose la Consejería de Economía y Hacienda la facultad de interpretar sus cláusulas y resolver las dudas y cuestiones litigiosas que surjan en su cumplimiento.

Tales acuerdos pondrán fin a la vía administrativa a efectos de la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con la Ley reguladora de dicha jurisdicción, quedando sometidas ambas partes, de forma expresa, a la jurisdicción de los Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria/Santa Cruz de Tenerife.

Y así en base a lo expuesto y estipulado, ambas partes suscriben el presente contrato en prueba de conformidad, en el lugar y fecha mencionados.

EL EL CONTRATISTA

Fdo.: Fdo.:

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