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BOC Nº 148. Lunes 22 de Noviembre de 1993 - 2472

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

2472 - ANUNCIO de 28 de octubre de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a Comercial Aro de Oro, S.L., titular de la empresa operadora nº 502, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 86/93.

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Se hace saber a Comercial Aro de Oro, S.L., titular de la empresa operadora nº 502, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 86/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de 50.000 pesetas, por la instalación y funcionamiento en la Sala de Bingo Casino, Plaza Candelaria, Santa Cruz de Tenerife, de la máquina recreativa TF-B-10.606, careciendo de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego, correspondiente al primer trimestre de 1993.

Lo que supone infracción al artículo 30º.1.d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), tipificándose como falta leve, la carencia de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego, correspondiente al primer trimestre de 1993, a tenor de lo dispuesto en el artículo 41º.3 y en relación con el artículo 42º del citado Decreto y artículos 22º y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85). No se admiten las alegaciones formuladas por el interesado, toda vez que consultados los listados emitidos por la Consejería de Economía y Hacienda, aparece como fecha de ingreso de la Tasa Fiscal de Juego del primer trimestre, el 17 de mayo de 1993, y del segundo trimestre, el 20 de abril de 1993, fecha del levantamiento del acta de apercibimiento, y 4 de mayo de 1993, fecha del acta de infracción.

Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse ante el Consejero de Presidencia y Turismo recurso ordinario, en el plazo de un mes, contado desde el día de su publicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 114º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de octubre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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