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El artículo 18.c) del Decreto Territorial 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias, y el artículo 5 del Decreto 33/1993, de 12 de marzo, por el que se delega en los miembros del Gobierno la concesión de ayudas y subvenciones nominativas, establecen que los Departamentos del Gobierno deberán publicar trimestralmente en el Boletín Oficial de Canarias las ayudas y subvenciones nominativas concedidas, precisando el destino, la cuantía y el beneficiario.
En cumplimiento de las citadas disposiciones, y habiéndose otorgado durante el segundo trimestre por el Gobierno subvenciones nominativas por razones de reconocido interés público, así como por el titular del Departamento, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto 33/1993, ya citado, se procede a relacionar a continuación las concedidas, precisando el destino, la cuantía y el beneficiario.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 1993.- El Secretario General Técnico, José Manuel de la Viuda Pérez.
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