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BOC Nº 144. Viernes 12 de Noviembre de 1993 - 1829

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Trabajo y Función Pública

1829 - Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 2 de noviembre de 1993, del Director, por la que se convocan becas para la realización de estudios en materia de organización administrativa y trabajos relacionados con la ciencia de la administración.

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El artículo 3 del Decreto 131/1988, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del I.C.A.P., encomienda al Instituto la realización de estudios en materia de organización administrativa. Por su parte el artículo 8.2 del mencionado Decreto impone al Instituto una especial atención a los programas de becas e investigación.

Decidida por el Consejo de Administración del Instituto la convocatoria de becas hasta el límite de la consignación presupuestaria existente y con el firme propósito de continuar en futuros ejercicios en esta línea de continuidad en el apoyo de la labor investigadora, es por lo que en uso de las facultades que me confiere el Decreto 161/1993, de 14 de mayo, y de acuerdo con lo que se dispone en el Real Decreto 1.465/1985,

R E S U E L V O:

Artículo 1.- Objeto. La presente Resolución tiene como objeto la convocatoria de becas destinadas a subvencionar la realización de estudios en materia de organización administrativa y de trabajo relacionados con la ciencia de la administración y la función pública, atendiendo preferentemente a las peculiaridades de la Comunidad Autónoma.

Artículo 2.- Cuantía económica.

Las becas convocadas por la presente Resolución se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 93.23.101.122B.480.00, destinándose a las mismas un crédito de tres millones (3.000.000) de pesetas.

La cuantía de las becas será fijada en cada supuesto por la Resolución de adjudicación, a propuesta de la Comisión de Selección, pudiendo oscilar entre doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas y quinientas mil (500.000) pesetas, pudiendo asignarse a propuesta asimismo de la Comisión de Selección cuantías superiores en función de las solicitudes y la calidad de los trabajos.

Artículo 3.- Requisitos de los solicitantes.

Podrán ser beneficiarios de estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos:

1. Ser residente en Canarias.

2. Estar en posesión del título de Licenciado o Diplomado.

3. No estar vinculado, ni laboral ni funcionarialmente, con el Instituto Canario de Administración Pública.

4. No haber recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo destino.

Artículo 4.- Lugar de presentación de las solicitudes.

Las instancias solicitando las becas que se convocan por la presente Resolución dirigidas al Director del Instituto Canario de Administración Pública, se presentarán según modelo que se acompaña como anexo a la presente convocatoria, en las dependencias de este Instituto sitas en la calle Bravo Murillo, 21, 5º, Las Palmas de Gran Canaria y Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples, planta 5ª, Santa Cruz de Tenerife. También podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 5.- Formalización de las solicitudes y documentación a presentar.

1. En las solicitudes los interesados deberán hacer constar:

a) Que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Que no han recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo destino o, en otro caso, deberán hacer constar las que hayan solicitado y el importe de las recibidas, de cualquier Administración o Ente Público.

c) Que han procedido a la justificación de las subvenciones que se les hubiesen concedido con anterioridad por los órganos de la Administración Autonómica.

2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del solicitante o del pasaporte en su caso, así como documento acreditativo de la representación de quien actúe en su nombre.

b) Fotocopia compulsada del Documento de Identificación Fiscal del solicitante.

c) Certificación acreditativa de la residencia en Canarias.

d) Currículum vitae documentado del solicitante.

e) Memoria del estudio o trabajo a realizar, con previsiones de su coste y duración.

Artículo 6.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Artículo 7.- Procedimiento de adjudicación.

Las solicitudes serán estudiadas y seleccionadas por una Comisión formada por personas de reconocido prestigio, nombradas por el Director del Instituto Canario de Administración Pública.

En caso de que la Comisión tuviera dudas sobre la correcta valoración de las solicitudes, podrá convocar a los candidatos para mantener una entrevista individual.

La Comisión deberá proponer a este Instituto una relación nominada de candidatos ordenados según la prioridad que deba tenerse en cuenta para acceder a las becas y la cantidad a asignar a cada solicitante propuesto.

La propuesta podrá contener una recomendación para la concesión de becas en futuras anualidades.

El Instituto Canario de Administración Pública concederá el número de becas hasta el total del crédito disponible.

Artículo 8.- Plazo para la resolución.

Las becas convocadas por la presente Resolución deberán resolverse dentro de los quince (15) días siguientes al que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 9.- Resolución de concesión. En la Resolución de concesión de las becas se hará constar:

a) El beneficiario y la cuantía individual de la beca.

b) La aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto.

c) La forma de abono.

d) Las condiciones impuestas al beneficiario, en su caso.

e) La forma y plazo de justificación del cumplimiento de la finalidad y de las condiciones impuestas, en su caso.

Con carácter general, las becas objeto de la presente Resolución se harán efectivas a los beneficiarios previa justificación de haber realizado el estudio o trabajo para los que se les concedieron las mismas.

El plazo de entrega de los estudios finaliza el 31 de diciembre de 1993. Por el I.C.A.P. podrá concederse una prórroga en el plazo de entrega, previa petición justificada por los interesados. Artículo 10.- Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de las becas están sujetos a las siguientes obligaciones:

a) Cumplir las obligaciones establecidas en la presente Resolución o en la de adjudicación.

b) Realizar la actividad que motivó la concesión de la beca.

c) Acreditar y justificar la realización del estudio o trabajo que justificó la concesión, aportando para ello la documentación que les sea requerida en la forma y plazos que se señalen en la presente Resolución o en la de adjudicación.

d) Comunicar al Instituto Canario de Administración Pública la obtención de becas, ayudas y subvenciones destinadas a la misma finalidad y la cuantía de las mismas.

e) Someterse a las actuaciones de comprobación que en relación con las becas concedidas se practiquen por este Instituto, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como a facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos.

Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos, tenidos en cuenta para el otorgamiento de las becas y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes Públicos, darán lugar a la modificación de la Resolución de concesión, sin que en ningún caso impliquen modificación de la finalidad de la ayuda o subvención.

Artículo 11.- Con el fin de contribuir a la formación básica de titulados universitarios, por el Instituto Canario de Administración Pública se realizará un seguimiento en los estudios de los beneficiarios de las becas convocadas por la presente Resolución, a los efectos de concesión de futuras ayudas o becas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de noviembre de 1993.- El Director, Javier Varona Gómez-Acedo.

A N E X O

SOLICITUD DE BECA

D./Dña. ............................................................, mayor de edad, con N.I.F. ...................... y domicilio en ......................................................................., EXPONE

Que ha tenido conocimiento de la convocatoria de becas para la realización de estudios en materia de organización administrativa y trabajos relacionados con la ciencia de la administración y considera que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria para formalizar la presente petición en base a la documentación que acompaña.

SOLICITA

La concesión de una beca para la realización de un estudio sobre .................................................. ......................................................................................................................................................................................................................................................

DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA:

1.- ............................................................................

2.- ............................................................................

3.- ............................................................................

4.- ............................................................................

5.- ............................................................................

ASIMISMO HACE CONSTAR:

1º) Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias.

2º) Que ................ ha recibido becas, ayudas o subvenciones para el mismo destino y, en caso afirmativo, relaciona a continuación las solicitadas y el importe de las recibidas: .................................. .................................................................................. ..................................................................................

3º) Que ha procedido a la justificación de las subvenciones recibidas con anterioridad por órganos de la Administración Autonómica.

.................................., a ....... de ........................ de 1993.

Firma,

ILMO. SR. DIRECTOR DEL I.C.A.P.

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