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Se hace saber a D. Ramón Genaro Padilla, titular del Bar Genaro, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 200/93, por infracción a la normativa sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Restaurante Genaro, sito en Valle San Lorenzo, se encuentran instaladas y en funcionamiento dos máquinas recreativas tipo B, careciendo el establecimiento de Libro de Reclamaciones.
Lo que supone infracción a los artículos 31º.1.d), 40º.5 y 44º del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Sancionándose como disponen los artículos 42º y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 43º.1.2.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de octubre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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