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BOC Nº 142. Lunes 8 de Noviembre de 1993 - 2331

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

2331 - ANUNCIO de 20 de octubre de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a la Asociación de Vecinos La Santa Cruz, titular del bar de dicha asociación, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 179/92.

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Se hace saber a la Asociación de Vecinos La Santa Cruz, titular del bar de dicha asociación, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador, que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 179/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de dos millones trescientas mil pesetas, por la instalación y funcionamiento en el Bar de la Asociación de Vecinos La Santa Cruz, calle Camino Hoya del Pajar, Llano del Moro, de las máquinas recreativas modelo Operation Thunder Boit y la Nanghty Boy, carentes de todo tipo de documentación, incluso Placa de Identidad, por lo que se procedió al precinto cautelar de las máquinas. Lo que supone infracción a los artículos 11º, 12º, 13º, 30º.1.b), c y d), 31º.1.b), c) y d), y 44º del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), tipificadas como faltas muy graves, la carencia de Guía de Circulación y carencia de Placa de Identidad, correspondiéndole a cada una de ellas, una multa de un millón de pesetas; como falta grave, la carencia de Boletín de Instalación, correspondiéndole una multa de doscientas mil pesetas; como falta grave, la carencia de Libros a conservar en el establecimiento, correspondiéndole una multa de cien mil pesetas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 39º.2 y 10, 40º.4, y en relación con el artículo 42º del citado Decreto 93/1988, y artículo 22º y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85). Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa la comunicación a la Consejería de Presidencia y Turismo exigida en el artículo 110º.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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