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Se hace saber a Recreativos Muñoz, S.A., como titular de la empresa operadora nº 464, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 152/93, por infracción a la normativa sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Caramba, sito en Puerto de la Cruz, Avenida Melchor Luz, Edificio Teneguía, s/n, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa TF-B-7256, careciendo de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego. Asimismo el establecimiento carece de Libro de Reclamaciones y Reglamento del Juego.
Lo que supone infracción a los artículos 30.1.d), 31.1.c) y d), y 44 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).
Sancionándose como disponen los artículos 38 y siguientes del citado Decreto 93/1988. De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente en defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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