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Con el fin de adecuar las enseñanzas que se imparten en los Centros de Formación Profesional a las demandas del mundo productivo y a los requerimientos de la sociedad canaria, teniendo en cuenta la escasa demanda en ciertas profesiones y especialidades de algunas ramas; la imprescindible necesidad de implantación paulatina de ciclos formativos en orden a cumplimentar las directrices emanadas de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo; la regulación de ciertas especialidades que se implantan por ampliación a Segundo Grado de las enseñanzas que se venían impartiendo en el Primero de los Grados de Formación Profesional; el adelanto de la Educación Secundaria Obligatoria, se hace necesario dictar la normativa que regule estas situaciones.
Por todo lo expuesto, esta Consejería
D I S P O N E:
1º) Se extinguen las Enseñanzas de Formación Profesional de Primer Grado y de Segundo Grado en los Centros que se especifican en el apartado I del anexo de esta Orden.
2º) Se implantan las Enseñanzas de Formación Profesional de Primer Grado y de Segundo Grado en los Centros que se especifican en el apartado II del citado anexo.
3º) Se autoriza a la Dirección General de Centros para dictar las Resoluciones que considere necesarias para la adecuada aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.
4º) La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 1993.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O
I. EXTINCIÓN DE ENSEÑANZAS
PROVINCIA DE LAS PALMAS
Isla de Gran Canaria:
- C.E.I. Licinio de la Fuente.
Rama Metal:
Primer Grado.
Profesión Construcciones Metálicas, regulada por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 27), conforme al siguiente calendario:
Curso 1993/94: Primer Curso. Curso 1994/95: Segundo Curso.
- I.F.P. Moya.
Rama Administrativa y Comercial:
Primer Grado.
Profesión Administrativa, regulada por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 27) y autorizada al Centro por Orden de 26 de julio de 1990 (B.O.C. de 17 de septiembre), conforme al siguiente calendario: Curso 1993/94: Primer Curso.
Curso 1994/95: Segundo Curso.
- I.F.P. Tamaraceite.
Rama Administrativa y Comercial:
Primer Grado.
Profesión Administrativa, regulada por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 27) y autorizada al Centro por Orden de 15 de septiembre de 1988 (B.O.C. de 3 de octubre), conforme al siguiente calendario:
Curso 1993/94: Primer Curso.
Curso 1994/95: Segundo Curso.
- I.F.P. Ingenio.
Rama Administrativa y Comercial: Primer Grado.
Profesión Administrativa.
Rama Electricidad y Electrónica:
Primer Grado.
Profesión Electricidad.
Rama Automoción:
Primer Grado.
Profesión Mecánica del Automóvil.
Todas estas profesiones vienen reguladas por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 29) y autorizadas al Centro por Orden Ministerial de 14 de julio de 1981 (B.O.E. de 16 de septiembre), conforme al siguiente calendario:
Curso 1993/94: Primer Curso.
Curso 1994/95: Segundo Curso.
Rama Administrativa y Comercial:
Segundo Grado.
Especialidad Contabilidad. Régimen General, regulada por Orden Ministerial de 22 de julio de 1980 (B.O.E. de 22 de septiembre) y autorizada al Centro por Orden Ministerial de 14 de julio de 1981 (B.O.C. de 16 de septiembre), conforme al siguiente calendario:
Curso 1993/94: Primer Curso.
Curso 1994/95: Segundo Curso.
PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Isla de Tenerife:
- I.P.F.P. Virgen de Candelaria.
Rama Artes Gráficas:
Primer Grado.
Profesión Composición, regulada por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 27 de julio), conforme al siguiente calendario:
Curso 1993/94: Primer Curso.
Curso 1994/95: Segundo Curso. II. IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS
PROVINCIA DE LAS PALMAS
Isla de Gran Canaria:
- I.F.P. Gáldar.
Rama Electricidad y Electrónica:
Segundo Grado.
Especialidad Electrónica de Comunicaciones, regulada por Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1975. Implantación progresiva a partir del curso 1993/94.
- I.F.P. Ingenio.
Rama Administrativa y Comercial:
Segundo Grado.
Especialidad Contabilidad, regulada por Orden Ministerial de 14 de agosto de 1980 (B.O.E. de 29) Plan Tarragona, conforme al siguiente calendario:
Curso 1992/93: Primer Curso.
Curso 1993/94: Segundo Curso.
Curso 1994/95: Tercer Curso.
PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Isla de Tenerife:
- I.F.P. El Sobradillo.
Rama Administrativa y Comercial:
Segundo Grado.
Especialidad Informática Empresarial, autorizada por Orden Ministerial de 14 de agosto de 1980 (B.O.E. de 29) Plan Tarragona. Implantación progresiva a partir del curso 1993/94.
- I.F.P. San Marcos (Icod).
Rama Hostelería y Turismo:
Primer Grado.
Profesiones Cocina y Servicios, reguladas por Orden Ministerial de 13 de julio de 1974 (B.O.E. de 29), conforme al siguiente calendario:
Curso 1991/92: Primer Curso. Curso 1992/93: Segundo Curso.
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