BOC - 1993/113. Viernes 3 de Septiembre de 1993 - 1521

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

1521 - ORDEN de 20 de agosto de 1993, por la que se anuncia convocatoria para la selección de personal temporal con cargo a créditos de inversiones de una plaza de Operador de Explotaciones.

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El artículo 28 de la Ley 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993, establece que con cargo a los respectivos créditos de inversiones, se podrán formalizar contrataciones de carácter temporal para servicio determinado.

Como quiera que la Viceconsejería de Cultura y Deportes necesita para continuar con el programa de informatización de las nóminas y con cargo al Proyecto de Inversión 91618E01, Aplicación Presupuestaria 1809.451A 640.00 denominada “Mobiliario y equipamiento para el proceso de la información”, de una plaza de Operador de Explotaciones del Grupo IV,

D I S P O N G O:

Primero.- Se convoquen pruebas selectivas para la contratación de personal en régimen de Derecho Laboral para la provisión del puesto de trabajo de Operador de Explotación en la Viceconsejería de Cultura y Deportes, especificado en el anexo I de esta Orden, con carácter temporal, con cargo al Proyecto de Inversión denominado “Mobiliario y equipamiento para el proceso de la información” 91618E01 Aplicación Presupuestaria 1809451A 640 00.

En lo no previsto en las presentes bases se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Decreto del Gobierno de Canarias 63/1985, de 15 de marzo, el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y en su defecto el Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre.

Segundo.- Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse con la persona seleccionada y a la situación jurídica originada por el mismo, les será de aplicación la Ley de la Función Pública Canaria, la legislación laboral y el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 18, de 6.2.92).

Tercero.- La persona que se contrate quedará sometida al periodo de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo. Cuarto.- Asimismo, estará sujeta a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 6 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Quinto.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias: a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Haber cumplido la edad de dieciséis años.

c) Poseer la titulación académica y la experiencia que señale el anexo I de esta resolución.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni hallarse separado ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

f) Estar inscrito como demandante en la Oficina de Empleo del INEM.

Sexto.- Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma siguiente.

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. Los comprendidos entre 16 y 18 años deberán aportar autorización para contratar de su representante legal; en el caso de estar emancipado, documento que acredite suficientemente esta circunstancia.

c) Documento original o fotocopia compulsada.

d) y e) Declaración responsable.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda de empleo.

Séptimo.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Orden y currículum vitae según modelo que se inserta como anexo III también de dicha Orden, en las que se expresarán que se reúnen todos los requisitos antes mencionados, hasta las 14 horas del décimo día hábil contando a partir del siguiente día de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro de la Viceconsejería de Cultura y Deportes sita en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples, 5ª planta, Las Palmas de Gran Canaria o en cualquiera de los registros que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre).

Octavo.- En el plazo de 10 días laborales siguientes a la fecha tope de recepción de instancias se publicará en los tablones de anuncios de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, la lista definitiva de aspirantes admitidos a la celebración de las pruebas, que tendrán lugar en las dependencias del Servicio de Informática de esta Consejería.

Noveno.- Tribunal Calificador. Se constituirá de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: Ilmo. Sr. D. Miguel Cabrera Cabrera. Viceconsejero de Cultura y Deportes.

Suplente: Dña. Julia Guillamón Castelló. Jefa del Servicio de Asuntos Generales y Presupuestarios de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Vocal Secretario:

Titular: D. Braulio Galván Marrero. Subdirector de Informática del C.P.D. de Las Palmas, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Suplente: D. Juan Bethencourt Morell. Jefe de Sistemas de Informática del C.P.D. de Las Palmas, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocal:

Titular: D. José David de Aguiar Rodríguez. Jefe de Proyectos de Informática de la Dirección General de Cultura.

Suplente: D. Antonio López Morales. Operador de Nóminas del C.P.D. de Las Palmas, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Vocal:

Titular: D. Miguel Hernández Díaz. Técnico de Sistemas de Informática de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Suplente: D. Mario Ortega Sánchez. Administrador de Nóminas del Servicio de Informática del C.P.D. de Las Palmas, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocales sindicales:

Titular: D. José Bouzón Casais, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Suplente: D. Gonzalo Santana Santana, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón de servicio, de acuerdo con la normativa aplicable.

Décimo.- Sistema selectivo. La selección se realizará en tres fases:

1) Test de conocimientos generales informáticos.

2) Cuatro pruebas prácticas, en las que se valorarán los conocimientos de Ofimática y manejo de aplicaciones en Sistemas Multiusuarios.

3) Entrevista.

4) Valoración del currículum vitae y experiencia profesional.

La suma de la puntuación obtenida en las tres fases será la que establezca el orden final de los aspirantes.

Undécimo.- El test de conocimientos generales de informática se valorará sobre 10 puntos, debiendo obtenerse al menos 5, para pasar a la siguiente prueba.

Cada una de las pruebas prácticas se valorará sobre 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que obtengan una puntuación inferior a los 5 puntos en alguna de las pruebas. Duodécimo.- Experiencia en igual o similar puesto de trabajo: máximo 2 puntos a razón de 0,10 por mes.

Cursos que tengan relación con la plaza a ocupar organizados por las Administraciones Públicas con una duración de 20 horas o superior, 0,25 puntos hasta un máximo de 1 punto. Y otro 0,15 a los cursos inferiores a 20 horas que podrán acumularse hasta las 20 horas.

Experiencia fuera del ámbito de la Administración Pública: máximo 2 puntos, a razón de 0,10 puntos por mes.

Cursos, diplomas y otras titulaciones relacionadas con las funciones a realizar: máximo 2 puntos.

Decimotercero.- Celebración: la prueba selectiva se celebrará el día señalado al tiempo de publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, debiendo comparecer los aspirantes provistos del D.N.I.

Decimocuarto.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo, que hayan actuado, y que hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deben reflejarse en acta.

Decimoquinto.- La adjudicación se publicará en los tablones de las dependencias de la Viceconsejería de Cultura y Deportes y Dirección Territorial de Cultura de Tenerife y servirá de citación a la persona seleccionada que deberá presentar la documentación que en ella se señale.

Quedará decaída de su derecho si no presentase toda la documentación exigida en el plazo indicado.

Decimosexto.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM en Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de agosto de 1993.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O I

NÚMERO: 1. CATEGORÍA: Operador de Explotación de Informática. GRUPO: IV. TITULACIÓN EXIGIDA: Graduado Escolar o equivalente. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA: Las Palmas de Gran Canaria.

EXPERIENCIA EXIGIDA: 1 año como operador de ordenador o en un puesto de informática cuyo contenido funcional esté relacionado con las tareas de Operador de Ordenador.



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