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BOC Nº 113. Viernes 3 de Septiembre de 1993 - 1520

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

1520 - ORDEN de 20 de agosto de 1993, por la que se anuncia convocatoria para la selección de personal temporal con cargo a créditos de inversiones de una plaza de Administrativo y una plaza de Auxiliar.

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El artículo 28 de la Ley 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993, establece que con cargo a los respectivos créditos de inversiones, se podrán formalizar contrataciones de carácter temporal para obra o servicio determinado. Como quiera que la Dirección General de Cultura, para el desarrollo de su política de exposiciones y grandes manifestaciones artísticas de carácter regional, nacional o internacional en las distintas islas del Archipiélago, tiene necesidad de, con cargo al proyecto de Inversiones denominado “Promoción Cultural”, Servicio 10. Programa 455c. 640.00, línea de actuación 90617204, contratar a un Administrativo y un Auxiliar,

D I S P O N G O:

Primero.- Se convoquen pruebas selectivas para la contratación en régimen de Derecho Laboral para la provisión de dos puestos de trabajo, 1 de Administrativo Grupo IV y 1 Auxiliar Grupo V, en la Dirección General de Cultura, especificándose en el anexo I de esta Orden.

Para lo no previsto en las presentes bases se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Decreto del Gobierno de Canarias 63/1985, de 15 de marzo, el III Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma y en su defecto el Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre.

Segundo.- Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse con las personas seleccionadas y a la situación jurídica originada por el mismo, les será de aplicación la Ley de la Función Pública Canaria, la legislación laboral y el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 18, de 6.2.92).

Tercero.- Las personas que se contraten quedarán sometidas al periodo de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo.

Cuarto.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias: a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Haber cumplido la edad de dieciséis años.

c) Poseer la titulación académica y la experiencia que señale el anexo I de esta resolución.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni hallarse separado ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

f) Estar inscrito como demandante o mejora de empleo en la Oficina de Empleo del INEM.

Quinto.- Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma siguiente:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. Los comprendidos entre 16 y 18 años deberán aportar autorización para contratar de su representante legal; en el caso de estar emancipado, documento que acredite suficientemente esta circunstancia.

c) Documento original o fotocopia compulsada.

d) y e) Declaración responsable.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda o mejora de empleo.

Sexto.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Orden y currículum vitae según modelo que se inserta como anexo III también de dicha Orden, en las que se expresarán que se reúnen todos los requisitos antes mencionados, hasta las 14 horas del décimo día hábil contando a partir del siguiente día de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro de la Viceconsejería de Cultura y Deportes sita en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples, 5ª planta, Las Palmas de Gran Canaria o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre).

Séptimo.- En el plazo de 10 días laborales siguientes a la fecha tope de recepción de instancias se publicará en los tablones de anuncios de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, la lista definitiva de aspirantes admitidos a la celebración de las pruebas, señalándose el lugar, día y hora de la celebración de las mismas.

Octavo.- Tribunal Calificador. Se constituirá de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: Ilmo. Sr. Viceconsejero de Cultura y Deportes.

Suplente: Ilma. Sra. Directora General de Cultura.

Vocal Secretario:

Titular: D. Juan Santana González.

Suplente: Dña. María del Carmen Betancort Espino. Vocal: Titular: Dña. Candelaria Sánchez Peraza.

Suplente: Dña. Isabel García Bolta.

Vocal:

Titular: D. José Bouzón Casais, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Suplente: D. Gonzalo Santana Santana, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Vocal:

Titular: D. Vicente Rodríguez García, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Suplente: D. Gonzalo Santana Santana, representante sindical del personal laboral en la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón de servicio, de acuerdo con la normativa aplicable.

Noveno.- Sistema selectivo. La selección se realizará en tres fases: 1) Test de conocimientos generales de la Administración Pública, según programa que figura en el anexo IV de esta Orden.

2) Valoración del currículum vitae y experiencia profesional, según baremo del anexo V.

3) Entrevista personal.

La suma de la puntuación obtenida en las tres fases será la que establezca el orden final de los aspirantes.

Décimo.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo que hayan actuado, y que hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deberán reflejarse en acta.

Undécimo.- La adjudicación se publicará en los tablones de las dependencias de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, 5ª planta, Edificio de Usos Múltiples, Las Palmas de Gran Canaria, y servirá de citación a la persona seleccionada que deberá presentar la documentación que en ella se señale.

Quedará decaída de su derecho si no presentase toda la documentación exigida en el plazo indicado.

Duodécimo.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM, en Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de agosto de 1993.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I

PLAZAS CONVOCADAS

1 Administrativo Grupo IV 1 Auxiliar Grupo V

Titulación exigida:

Administrativo Bachiller Superior o equiva- lente. Auxiliar Graduado Escolar o equiva- lente.

Localización: Las Palmas de Gran Canaria.

A N E X O I V

PROGRAMA DEL CUERPO AUXILIAR PARA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL CON CARGO A CRÉDITOS DE INVERSIONES

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. La Reforma de la Constitución.

Tema 2.- La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey.

Tema 3.- Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno. Tema 5.- El Poder Judicial. El principio de la unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. La organización judicial española.

Tema 6.- La organización administrativa. Elementos. Modelos organizativos. Principios organizativos de las Administraciones Públicas. El órgano administrativo: concepto. Elementos. Clases.

PROGRAMA DEL CUERPO ADMINISTRATIVO PARA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL CON CARGO A CRÉDITOS DE INVERSIONES

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional: organización, composición y atribuciones.

Tema 2.- La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo.

Tema 3.- Las Cortes Generales: composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 5.- El Poder Judicial. El principio de la unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

Tema 6.- La organización administrativa. Elementos. Modelos organizativos. Principios organizativos de las Administraciones Públicas. El órgano administrativo: concepto. Elementos. Clases.

Tema 7.- Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.

Tema 8.- La delimitación de competencias entre el Estado y las Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

Tema 9.- La organización política y la Administración en las Comunidades Autónomas.

A N E X O V

BAREMO

1.- Test de conocimientos. Será eliminatorio, se valorará de 0 a 10 y se deberá alcanzar al menos 5 puntos para pasar a la fase siguiente.

2.- Currículum vitae:

a) Titulación académica, superior a la exigida que tenga relación directa con las plazas a ocupar 0,25 puntos por cada una, hasta llegar a un máximo de 0,50.

b) Experiencia profesional, en igual o similar puesto de trabajo en las Administraciones Públicas, 0,10 puntos hasta un máximo de 2 puntos.

c) Cursos:

- Organizados por la Administración Pública que tengan relación con la plaza a ocupar, por cada curso de 20 horas o superior 0,25 puntos hasta un máximo de 1 punto. Los cursos inferiores a 20 horas podrán acumularse hasta las 20 horas. 3.- Entrevista. El Tribunal Seleccionador podrá conceder hasta un máximo de 2 puntos en la valoración de entrevista personal, así como cualquier otro mérito que se considere relacionado con la plaza solicitada.

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