BOC - 1993/112. Miércoles 1 de Septiembre de 1993 - 1516

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1516 - ORDEN de 19 de agosto de 1993, por la que se convocan plazas de Educadores-Colaboradores Becarios en Residencias Escolares, para el curso escolar 1993/94.

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Por esta Consejería se han venido convocando en años anteriores plazas de Educadores-Colaboradores Becarios para las Residencias Escolares. Ante los positivos resultados que la experiencia ha supuesto tanto para los Educadores-Colaboradores Becarios como para los alumnos de las Residencias, esta Consejería tiene a bien

D I S P O N E R:

Primero.- Se convocan 39 plazas de Educadores-Colaboradores Becarios, para el curso escolar 1993/94, en Residencias Escolares: 15 plazas para la Residencia Escolar Las Palmas, 16 para la Residencia Escolar Pedro García Cabrera de La Laguna, 3 para la R.E. Haría (Lanzarote) y 8 para la Residencia Escolar Virgen de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife.

Segundo.- Es requisito indispensable para participar en la presente convocatoria, estar cursando estudios superiores de Facultad Universitaria, Escuela Técnica Superior o Escuelas Universitarias.

Tercero.- Es incompatible con la concesión de esta beca el ser funcionario o desarrollar cualquier actividad remunerada.

Cuarto.- Los interesados deberán cumplimentar la solicitud que figura como anexo, y que deberá ser presentada en la Residencia Escolar para la cual solicita la plaza. Quinto.- El plazo de presentación finaliza a los quince días de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director/a de la Residencia Escolar remitirá a la Dirección General de Promoción Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes las solicitudes presentadas, con Informe de aquellos alumnos colaboradores becarios que en el curso escolar actual estén desempeñando esa función.

Séptimo.- La concesión de la beca comporta alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia durante el curso escolar 1993/94.

Octavo.- La condición de Educador-Colaborador Becario comporta para éste la obligación de desarrollar las tareas que la Dirección de la Residencia Escolar le encomiende en relación con la atención de los alumnos-residentes acogidos en la Residencia Escolar, durante sus horas no lectivas y actividades extraescolares, así como el cumplimiento de los servicios nocturnos que le sean fijados por la Dirección de la Residencia. El cumplimiento de tales obligaciones deberá realizarse de forma que resulte compatible con el aprovechamiento académico del propio becario. La realización de las actividades o la condición de becario no implicarán relación laboral con los mismos.

Noveno.- Para la adjudicación de plazas se creará una Comisión Seleccionadora en la Dirección General de Promoción Educativa que elevará propuesta al Director General de Promoción Educativa y cuya composición será la siguiente:

- El Director General de Promoción Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

- Un representante de la Dirección General de Promoción Educativa.

- Un Director de una Residencia Escolar donde hayan convocadas plazas.

- Un representante del Servicio de Inspección Educativa.

- Un funcionario de la Dirección General de Promoción Educativa, que actuará como Secretario.

La Comisión Seleccionadora examinará y valorará las solicitudes recibidas, de acuerdo con los siguientes criterios:

- Conocimientos culturales, deportivos, musicales, etc. - Motivo de la solicitud.

- Expediente académico.

- Situación económica/familiar.

- Haber sido alumno residente.

- Haber sido Educador-Colaborador Becario y tener informe positivo sobre la labor realizada.

La propuesta de la Comisión Seleccionadora será elevada a definitiva por la Dirección General de Promoción Educativa y será comunicada a los Directores de las Residencias y a los propios interesados.

Décimo.- La condición de Educador-Colaborador Becario se pierde sin que el ejercicio de esta colaboración genere derecho de ningún tipo:

a) A la finalización del curso escolar de los alumnos residentes.

b) Por incumplimiento de sus obligaciones, a propuesta del Director de la Residencia.

c) Por comprobación de falsedad o incumplimiento de cualquiera de los datos consignados en su solicitud.

e) Por incumplimiento del Reglamento de Régimen interno de la Residencia.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de agosto de 1993.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O

MODELO DE SOLICITUD

1.- Datos del solicitante.

Apellidos: Nombre: Fecha de nacimiento: D.N.I. nº: Lugar de nacimiento: Domicilio familiar: Teléfono: Estado civil:

2.- Plaza que solicita.

Residencia Escolar.

3.- Datos Académicos.

Título que posee: Estudios realizados en el curso 1992/93: .............. Calificaciones obtenidas en el curso 1992/93: .................. Centro en donde los ha realizado: .................. Estudios a realizar en el curso 1993/94: .................

4.- Otros conocimientos o títulos acreditados (musicales, deportivos, etc.).

5.- Razones por las que se solicita la plaza.

6.- Fue becario en el curso escolar 1992/93?

7.- Ha sido alumno residente en Residencias Escolares?



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