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Visto el expediente relativo a la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de La Laguna en la zona de Bajamar.
Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el pasado 6 de julio, acuerda informar favorablemente la propuesta municipal.
Considerando que este Departamento es competente para resolver, al tratarse del planeamiento general de un municipio de más de 50.000 habitantes y así establecerlo el artículo 5.2 del Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de La Laguna en la zona de Bajamar en los mismos términos de su aprobación provisional municipal.
Contra la presente Orden podrá interponerse ante el Consejero recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de julio de 1993.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Fernando Redondo Rodríguez.
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