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Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos (2) meses desde su notificación/publicación, previa la comunicación a el Sr. Alcalde, exigida en el artē. 110.3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos.
La Laguna, a 21 de junio de 1993.- El Secretario General, Antonio Domínguez Vila.- Vē. Bē.: el Alcalde, Elfidio Alonso Quintero.
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