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BOC Nº 099. Lunes 2 de Agosto de 1993 - 1619

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - A.Santa Cruz de Tenerife

1619 - ANUNCIO de 12 de julio de 1993, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, relativo a la aprobación inicial del Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación UA-6 del Área de Reparto La Salle (LS-5) del Plan General de Ordenación Urbana.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 1993, adoptó el siguiente acuerdo:

39.- Expediente relativo a la Unidad de Actuación UA-6 del Área de Reparto La Salle (LS-5) del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife.

Visto el expediente relativo a la Unidad de Actuación UA-6 del Área de Reparto La Salle (LS-5) del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife, y resultando que la Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística formula determinadas salvedades a los Estatutos y Bases de Actuación presentadas; considerando que el artículo 157 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, establece que los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación serán aprobados por la Administración actuante, a cuyo efecto los propietarios que representen al menos el 60% de los de la unidad de ejecución presentarán a dicha administración los correspondientes proyectos; el Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Obras, acordó los siguientes extremos:

Primero.- Aprobar inicialmente los Estatutos y las Bases de Actuación de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación UA-6 del Área de Reparto La Salle (LS-5), de acuerdo con lo establecido en el artículo 157.2 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y con las salvedades siguientes: a) La alusión en el artículo 8.4 de la Comisión Provincial de Urbanismo debe modificarse para referirse a la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

b) En el artículo 18.4 se debe hacer mención expresa a la posterior tramitación ante la Administración actuante para la aprobación definitiva del Proyecto de Compensación.

Segundo.- Dar audiencia a los demás interesados por plazo de quince días hábiles del citado artículo 157.2.

En virtud de los requisitos que aportan la actuación administrativa en particular, el que se deduce del artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, respecto a su desarrollo con arreglo a normas de economía, celeridad y eficacia, conformadas por lo prevenido en el artículo 103, del Texto Constitucional; y por aplicación, asimismo, del artículo 46, del texto legal, en primer término indicado y la previsión formal señalada en el artículo 157, en relación con el nº 4 de la Disposición Final Única, ambos del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, nº 156, de 30 de junio de 1992, se determina, de conformidad con los artículos 161.3 y 162.1 y 2, del Reglamento de Gestión Urbanística, de 25 de agosto de 1978, la publicación del acuerdo de aprobación inicial, con los proyectos de estatutos y bases de actuación, que han sido redactados de acuerdo con lo prevenido en los artículos 166 y 167, del anterior texto legal, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, se expone el expediente administrativo de su razón para ser examinados por cuantas personas lo deseen durante el plazo de quince días, contados a partir de la inserción del anuncio, en la Oficina de Información de la Secretaría General, para formular, ante la Administración actuante, las alegaciones que a su derecho convenga, tanto de los propietarios afectados por la unidad de actuación, como por aquellos que no reúnan dicha condición. Y ello, con independencia a la notificación individualizada, que se llevará a efecto a partir de la fecha de la publicación, a los propietarios incursos por el sistema de actuación establecido por el planeamiento vigente.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de julio de 1993.- El Secretario Delegado, Eduardo Silgo Villegas.

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