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BOC Nº 095. Viernes 23 de Julio de 1993 - 1544

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

1544 - ANUNCIO de 25 de junio de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a Play 2.000, S.L., titular de la empresa operadora nº 82, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 152/92.

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Se hace saber a Play 2.000, S.L., titular de la empresa operadora nº 82, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador, que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 152/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de 200.000 pesetas, por haberse comprobado por la Inspección del Juego, según Acta de fecha 2 de octubre de 1992, que las máquinas TF-B-6549 y TF-B-6903 carecen de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego. Asimismo, ambas máquinas tienen la documentación doblada de tal manera que no es posible la comprobación de la misma.

Lo que supone infracción al artº. 30.1.b) y d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), tipificada como falta grave, la no colocación de la Guía de Circulación en la forma prevista en el Reglamento de Juego, correspondiéndole una multa de cien mil pesetas; como falta leve, carecer del justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego, correspondiéndole una multa de cien mil pesetas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 40.14 y 41.3 del Decreto citado, modificado por el Decreto 132/1989, de 1 de junio (B.O.C. nº 97, de 17.7.89), y en relación con los artículos 42 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85).

Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse ante el Consejero de Presidencia y Turismo, recurso ordinario, en el plazo de un mes, contado desde el día de su publicación, en virtud de lo dispuesto en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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