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BOC Nº 095. Viernes 23 de Julio de 1993 - 1543

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

1543 - ANUNCIO de 25 de junio de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a Play 2.000, S.L., titular de la empresa operadora nº 82, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 151/92.

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Se hace saber a Play 2.000, S.L., titular de la empresa operadora nº 82, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador, que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 151/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de 400.000 pesetas, por la instalación y funcionamiento en el Bar Campo de Lucha, sito en Barrio Nuevo, calle El Drago, 7, de la máquina recreativa TF-B-6543, presentando un Boletín de Instalación cuyos datos no coinciden con los del establecimiento, careciendo de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego. Asimismo el local carece de Libro de Reclamaciones y Reglamento de Juego.

Lo que supone infracción a los artículos 12, 31.1.b) y c), 44 y 31.1.d) del Decreto 93/1988, tipificándose como faltas graves la carencia de Boletín de Instalación, de Libro de Reclamaciones y Reglamento de Juego, correspondiéndole a la primera de ellas, una multa de doscientas mil pesetas, y a la segunda, cien mil pesetas; como falta leve, la carencia de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego, correspondiéndole una sanción de cien mil pesetas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 40.4, 41.1 y 42 del Decreto 93/1988 y artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85).

Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse ante el Consejero de Presidencia y Turismo, recurso ordinario, en el plazo de un mes, contado desde el día de su publicación, en virtud de lo dispuesto en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.

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