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En virtud de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace saber para general conocimiento que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 25 de marzo de 1993 acordó encomendar al Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife la gestión recaudatoria en procedimiento de apremio de las multas que pudieran imponerse por infracción de la normativa vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial. Dicha encomienda fue aceptada por acuerdo del Pleno del Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife en sesión celebrada el día 19 de mayo de 1993.
La citada encomienda tendrá vigencia a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Canarias, y tendrá eficacia hasta que una de las dos Entidades intervinientes acuerde el cese de la misma.
Villa de La Orotava, a 23 de junio de 1993.- El Alcalde, Isaac Valencia Domínguez.
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