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Observado error en la Resolución de 10 de junio de 1993, de la Dirección General de Personal (B.O.C. nº 81, de 23.6.93), por la que se convoca concurso de méritos, para cubrir en régimen de comisión de servicios, plazas vacantes para el curso 1993/94 en programas educativos de la Dirección General de Promoción Educativa, consistente en la omisión de un párrafo en el subapartado 2.1.1 de las Bases Específicas correspondientes a los Programas de Apoyo Logopédicos e Integración de Deficientes Auditivos en Centros, esta Dirección de Personal, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha dispuesto lo siguiente:
1.- Corregir dicha omisión incluyendo en las Bases Específicas de los Programas de Apoyo Logopédico e Integración de Deficientes Auditivos en Centros, subapartado 2.1.1 Experiencia en el puesto o similares (página 3680 del B.O.C. nº 81, de 23.6.93) el siguiente punto:
- Por cada curso escolar desempeñando funciones de logopeda en centros específicos y/o centros ordinarios (hasta un máximo de 12 puntos), 3 puntos por curso.
2.- Establecer un plazo de cinco días naturales a partir de la publicación de la presente corrección de errores, para que los afectados por la misma puedan presentar su solicitud para los citados Programas de Apoyo Logopédico e Integración de Deficientes Auditivos en Centros, conforme al modelo del anexo I de la Resolución de 10 de junio de 1993, y/o la documentación acreditativa de los méritos alegados.
Contra la presente Resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse conforme a Derecho. Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de junio de 1993.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.
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