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BOC Nº 085. Viernes 2 de Julio de 1993 - 1341

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.I. de Tenerife

1341 - ANUNCIO de 10 de junio de 1993, relativo a notificación de Propuestas de Resolución en materia de infracciones administrativas de caza.

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Providencia de 10 de junio de 1993, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de caza que se relacionan, sobre notificación de Propuestas de Resolución en materia de infracciones administrativas de caza.

Ante la imposibilidad de localizar a las personas denunciadas que seguidamente se relacionan, y siendo preciso notificarles la oportuna Propuesta de Resolución como consecuencia de las denuncias formuladas contra ellas, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, de aplicación según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativa al Régimen Transitorio de los Procedimientos, que en su apartado 1º establece que a los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de dicha Ley no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior, pronunciándose en igual sentido la Instrucción de 24 de febrero de 1993, de la Subsecretaría para las Administraciones Públicas, D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, las Propuestas de Resolución formuladas con ocasión del expediente que les ha sido instruido por este Cabildo por infracción administrativa en materia de caza.

Las cantidades correspondientes a la multa, sustituciones de comiso e indemnizaciones se deberán abonar en metálico en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de la presente Propuesta de Resolución, mediante ingreso de tales cantidades en la cuenta corriente de CajaCanarias nº 245-5, debiendo presentar justificante de dicho ingreso en el Departamento de Caza de esta Corporación. Si no lo llevare a cabo en dicho plazo se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Significar asimismo que el rescate de armas, cuando se haya acordado, podrá obtenerse previo abono en papel de pagos al Estado de las cantidades señaladas, en los plazos establecidos en el apartado anterior, dándose a las armas no rescatadas el destino que ordena el artículo 48 del Código Penal.

1) Nº EXPTE.: 180/91; DENUNCIADO: D. Pablo González Carballo; HECHO INFRACTOR: cazar en época de veda con diez perros; FECHA INFRACCIÓN: día 22 de junio de 1991, a las 21,15 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Barranco Mirador de San Pedro (Los Realejos); PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: cinco mil (5.000) pesetas; COMISO: diez mil (10.000) pesetas.

2) Nº EXPTE.: 289b/91; DENUNCIADO: D. José Juan González Rodríguez; HECHO INFRACTOR: cazar con tres perros sin la preceptiva licencia; FECHA INFRACCIÓN: día 4 de agosto de 1991, a las 9,00 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Toledo-Las Chafiras (Granadilla de Abona); PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 2.1; CALIFICACIÓN: menos grave; SANCIÓN: tres mil quinientas (3.500) pesetas. 3) Nº EXPTE.: 293/91; DENUNCIADO: D. Florencio Vera Ramallo; HECHO INFRACTOR: cazar con una escopeta y cinco perros, en zona de seguridad; FECHA INFRACCIÓN: día 15 de septiembre de 1991, a las 10,02 horas; LUGAR INFRACCIÓN: p.k. 2,5 de la C-824 (La Laguna); PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: cinco mil (5.000) pesetas; COMISO: cinco mil (5.000) pesetas.

4) Nº EXPTE.: 310/92; DENUNCIADO: D. Luciano Rodríguez Gutiérrez; HECHO INFRACTOR: cazar con cinco perros en el talud de la carretera, zona de seguridad, careciendo de la correspondiente tarjeta para Régimen Especial de Caza Controlada; FECHA INFRACCIÓN: día 17 de septiembre de 1991, a las 12,30 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Valle Forestal (El Sauzal); PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.8; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: cinco mil (5.000) pesetas; COMISO: cinco mil (5.000) pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de junio de 1993.- La Instructora, María Jesús Díaz López de Vergara.

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