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Se hace saber a la empresa operadora Dña. Dolores Cervera Moreno, en ignorado paradero, que por la Compañía Española de Seguros y Reaseguros de Crédito y Caución, se ha decidido no prorrogar, al vencimiento de la presente anualidad, el 22 de junio de 1993, la póliza de seguro nº 1.686.666, por importe de dos millones (2.000.000) de pesetas, por lo que se le requiere para que en el plazo de un mes, desde el vencimiento de dicha garantía, constituya nuevas fianzas, de conformidad con el artículo 35 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, bajo apercibimiento de inicio de expediente de extinción de la autorización de apertura y funcionamiento del Salón de Juegos Recreativos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de junio de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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