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Se hace saber a Los Reyes Recreativos, empresa operadora en baja, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 57/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, por haberse comprobado que en el establecimiento Bar El Rubio, sito en Tacoronte, se encuentra instalada y en funcionamiento una máquina recreativa tipo B, modelo B-1554, serie B-0424, careciendo de Guía de Circulación, pues la que tiene, que es una fotocopia, pertenece a otra máquina, dándose la circunstancia, además, de que la empresa operadora a cuyo nombre aparece la máquina no está dada de alta en la Viceconsejería para las Administraciones Públicas.
Todo lo cual supone infracción a los artículos 11, 13, 30.1.b) y 39.1 y 2 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al del recibo del presente escrito, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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