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BOC Nº 078. Miércoles 16 de Junio de 1993 - 1176

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

1176 - RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 1993, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Resoluciones a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución recaída en el expediente incoado contra los mismos por infracción a la normativa turística, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, en relación con la Disposición Transitoria Segunda, apartado 1º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Turismo del Gobierno de Canarias, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 91/00743. TITULAR: Ángel González de Sánchez y Ramón Leira. ESTABLECIMIENTO: La Choza (Restaurante). POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana. HECHOS: percibir precios superiores a los notificados a la Administración turística en la prestación de los servicios. Deficiencias de limpieza manifiestas y generalizadas en la cocina, consistentes en carecer los fregaderos de tubo de desagüe, acumulación de grasa en la campana extractora, etc. INFRACCIÓN: artº. 30 en relación con el artº. 32.2 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 2º. Artículo 9º.d) de la Orden Ministerial de 17.3.65, de Ordenación Turística de Restaurantes. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículos 8º.e) y 7º.c) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 15.000 pesetas.

2) Nº EXPTE.: 92/00035. TITULAR: Zypsatur, S.A. ESTABLECIMIENTO: Tuscan (Apartamentos) (1ª). POBLACIÓN: Teguise. HECHOS: carecer en el establecimiento de Hojas de Reclamaciones para sus clientes. INFRACCIÓN: artº. 32 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículo 8º.f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 500.000 pesetas.

3) Nº EXPTE.: 92/00047. TITULAR: Explotur, S.L. ESTABLECIMIENTO: Koka (Apartamentos) (1ª). POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana. HECHOS: no exhibir en la Conserjería-Recepción el cartel indicador de los precios, con expresión de los servicios incluidos, así como de los servicios complementarios. INFRACCIÓN: artº. 24.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artículo 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 50.000 pesetas.

4) Nº EXPTE.: 92/00110. TITULAR: Jacques Boesser Ramírez. ESTABLECIMIENTO: La Pizza (Restaurante). POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria. HECHOS: no haber dado traslado a la Administración turística canaria la copia de la Hoja de Reclamación nº 72997 formulada por su cliente D. Bruno Roque Armas y que debía remitir en el plazo de un mes. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 92/11103. INFRACCIÓN: artículo 7º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.g) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 10.000 pesetas.

5) Nº. EXPTE.: 92/00123. TITULAR: Emilio Navarro García. ESTABLECIMIENTO: Emilio y Mita (Bar Piscolabis). POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria. HECHOS: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística canaria los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios y sin tener el Libro de Inspección y las Hojas de Reclamaciones, según consta en el Acta nº 11114/92 de fecha 4.2.92. INFRACCIÓN: artº. 30.1 de la Orden de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en relación con el artículo 4º de la Orden de 19.6.70, artículo 4º de la Orden de 31.10.70 y artículo 1º de la Orden de 13.11.86. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.d) y f) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 25.000 pesetas.

6) Nº EXPTE.: 92/00246. TITULAR: Gertrud Schwarz. ESTABLECIMIENTO: Don Paco (Apartamentos). POBLACIÓN: Mogán. HECHOS: continuar la explotación turística del apartamento nº 406 del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 92/11308. INFRACCIÓN: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.c) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 10.000 pesetas.

7) Nº EXPTE.: 92/00344. TITULAR: Portonovo Comunidad de Bienes. ESTABLECIMIENTO: Portonovo (Apartamentos). POBLACIÓN: Tías. HECHOS: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a la Administración turística canaria en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones. INFRACCIÓN: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos. Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículos 8º.c) y 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 310.000 pesetas.

8) Nº EXPTE.: 92/00348. TITULAR: Owners Abroad España, S.A. ESTABLECIMIENTO: Bella Vista (Apartamentos). POBLACIÓN: Tías. HECHOS: realizar la actividad alojamiento en la modalidad turística de apartamentos en el establecimiento de referencia, compuesto por 30 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 92/11382. INFRACCIÓN: artículos 8 y 15 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículo 9º.b) en relación con el artículo 8º.LL) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 600.000 pesetas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de 1993.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.

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