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BOC Nº 070. Lunes 31 de Mayo de 1993 - 872

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL - A.La Victoria de Acentejo (Tenerife)

872 - ANUNCIO de 17 de mayo de 1993, por el que se hacen públicas las bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar de Administración General, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento.

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Por Acuerdo Plenario de fecha 9 de marzo de 1993, se presta su aprobación a las bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar, encuadrada en el Grupo de Administración General, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de la Villa de La Victoria de Acentejo, y según detalle:

Bases convocatoria

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento selectivo de oposición libre, de una plaza de Auxiliar, encuadrada en el Grupo de Administración General, con el sueldo correspondiente al nivel proporcional 4, Grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones o emolumentos que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para poder tomar parte en la oposición libre, serán necesarias:

- Ser español.

- Tener cumplidos 18 años de edad sin exceder de 55.

- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

- No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal desempeño de la función.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones de este tipo. Tercera.- Instancias.

En las instancias solicitando tomar parte en la oposición libre, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de esta convocatoria, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las mismas, y se dirigirán al Sr. Presidente de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Previamente, la convocatoria, con sus correspondientes bases, se hará pública en los Boletines Oficiales de la Comunidad Autónoma y en el de la Provincia. Las instancias también podrán presentarse en la forma que establece el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen se fijan en mil (1.000) pesetas, y serán satisfechos por los aspirantes en el momento de presentar la instancia. En el supuesto de utilizar el procedimiento establecido en el artº. 38.4 de la Ley citada en el párrafo anterior, se podrá efectuar un giro postal o telegráfico, haciéndolo constar en la instancia.

Los derechos satisfechos no serán devueltos más que en aquellos supuestos en que no se admitan a tomar parte en la oposición.

Las instancias vendrán acompañadas de la fotocopia del D.N.I. y resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de admisión de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, la que será expuesta en el tablón de anuncios de la Corporación por plazo de quince días, y a efectos de que se puedan formular reclamaciones, las que serán resueltas por la Presidencia, aprobando seguidamente la lista definitiva, la que se hará pública en el ya citado tablón de anuncios de la Corporación.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador de la oposición libre estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Vocales:

- Representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto de Estudios de Administración Local.

- Un representante de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- El Secretario de la Corporación.

- El Funcionario de Carrera que ostente el cargo de Delegado de Personal.

Secretario: un Funcionario de Carrera de Administración General, salvo que recabe para sí estas funciones el Secretario de la Corporación.

Se designarán suplentes para el Secretario y Vocales del Tribunal, que asumirán, en su caso, las funciones de los titulares respectivos, efectuándose dichas sustituciones con carácter no delegable.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando se den las circunstancias a que hace referencia el artº. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

Para establecer el orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se verificará un sorteo.

La lista con el número obtenido por cada opositor en el sorteo, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Séptima.- Ejercicios.

La selección se llevará a efecto por el sistema de oposición, con tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorios, según detalle:

Primer ejercicio: práctico, consistirá en escribir a máquina manual, durante diez minutos, copiando de un texto que facilitará el Tribunal, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. Se calificará la velocidad desarrollada, limpieza, exactitud y corrección que presente el escrito.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de 60 minutos, dos temas extraídos al azar de entre los que figuran en el programa anexo a la convocatoria. Una vez concluida la realización de este ejercicio, cada aspirante dará lectura al mismo, actuación que será pública. Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, el conocimiento de los temas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal y la capacidad de síntesis.

Tercer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito durante el periodo máximo de una hora, un tema general señalado por el Tribunal, con amplia libertad, en cuanto se refiere a su forma de exposición, con el fin de poder apreciar no sólo la aptitud de los opositores en relación con la composición gramatical, sino también su práctica de redacción y claridad de exposición.

Cuarto ejercicio: de carácter voluntario, tendrá las dos especialidades siguientes, y podrán ser elegidas conjuntamente o una sola de ellas, siempre que lo soliciten los opositores:

a) Mecanización: manejo de ordenadores.

b) Idiomas: los opositores que lo deseen podrán examinarse de los idiomas inglés, francés y alemán.

En estos casos, el Tribunal se valdrá de profesionales e intérpretes que actuarán como asesores.

Octava.- Calificación de los ejercicios.

Los tres primeros ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10.

Las calificaciones se harán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el mismo día en que se acuerden. Novena.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Al finalizar los ejercicios primero, segundo y tercero, el Tribunal hará pública la lista de aspirantes aprobados en el lugar en que se haya celebrado el último ejercicio.

Terminada la calificación de todos los ejercicios, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

La relación de aprobados será elevada por el Tribunal a la Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente. Al mismo tiempo, remitirá a dicha Autoridad el acta de la última sesión del Tribunal, en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, todos los opositores que, habiendo superado todas las pruebas, excedieren del número de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte de la oposición se exigen en la base segunda de esta convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos citados en la ya citada base segunda, debiendo presentar certificado del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir los causantes por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. En este caso, la Presidencia de la Corporación formulará propuesta a favor de los que, habiendo aprobado los ejercicios de la oposición, figuren en el número siguiente de la lista.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la Corporación, el opositor propuesto tomará posesión en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que sea notificado el nombramiento, quedando como cesante si no lo hiciera en el plazo indicado.

En la diligencia de toma de posesión será necesario hacer constar la manifestación del interesado relativa a no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1º de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, indicando igualmente que no realiza actividad privada compatible o sujeta a reconocimiento de incompatibilidad, en caso contrario, se procederá en la forma establecida en los párrafos 2, 3 y 4 del artº. 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril.

Décima.- Impugnación.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de la misma, incluso las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Quedará el Tribunal facultado para resolver las dudas que se pudieran presentar durante el desarrollo de la oposición, adoptando los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de dicha convocatoria y desarrollo de las pruebas a realizar.

La Victoria de Acentejo, a 17 de mayo de 1993.- La Alcaldesa, María Luz Goya Pérez.

A N E X O

PROGRAMA DE TEMAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN EL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA DE ACENTEJO

I. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN

Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey.

Tema 3. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y El Senado. El Defensor del Pueblo.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. El Poder Judicial. El principio de la unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. La Organización Judicial española. Tema 6. La Administración Central del Estado. La Administración Periférica del Estado. La Administración Institucional.

Tema 7. Organización territorial del Estado: las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. La Administración Local. La provincia. El municipio. Otras Entidades Locales.

Tema 8. El Ordenamiento Jurídico de la C.E.E. Su incidencia en el ordenamiento español. Las Instituciones de la C.E.E. La posición de Canarias respecto de la C.E.E.

II. DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 9. Fuentes del Derecho Administrativo. Especial referencia al Reglamento.

Tema 10. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.

Tema 11. El acto administrativo: su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La ejecutoriedad.

Tema 12. Los contratos administrativo: concepto y clases. Estudio de sus elementos.

Tema 13. El procedimiento administrativo: concepto y clases. Las fases del procedimiento administrativo, examen particularizado de cada una.

Tema 14. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos. Clases de recursos y su regulación.

Tema 15. Los procedimientos especiales. El procedimiento sancionador. El procedimiento de formación de la voluntad de los órganos colegiados.

III. GESTIÓN DE PERSONAL Y GESTIÓN FINANCIERA

Tema 16. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Selección.

Tema 17. Provisión de los puestos de trabajo de Funcionarios. Promoción profesional de los Funcionarios.

Tema 18. Situación de los Funcionarios: supuestos y efectos de cada una de ellas. Adquisición y pérdida de la condición de Funcionario.

Tema 19. Derechos y deberes de los Funcionarios. Sistema retributivo. Indemnizaciones por razón del servicio. Tema 20. Incompatibilidades de los Funcionarios. Régimen disciplinario: faltas, sanciones. El procedimiento disciplinario.

Tema 21. El régimen de la Seguridad Social de los Funcionarios. La M.U.F.A.C.E. y el sistema de derechos pasivos de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado. La M.U.N.P.A.L.

Tema 22. La actividad financiera: los ingresos públicos. Los gastos públicos.

Tema 23. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 24. Procedimiento de recaudación: en periodo voluntario y en periodo de apremio.

Tema 25. El procedimiento económico-administrativo. La reclamación económica-administrativa. Órganos competentes para conocer y resolver en las Administraciones Públicas Territoriales.

IV. DERECHO DE CANARIAS

Tema 26. El Estatuto de Autonomía de Canarias. Estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Defensa de la integridad del Estatuto de Autonomía. Reforma del Estatuto de Autonomía. La Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias.

Tema 27. El Parlamento de Canarias: naturaleza, régimen jurídico, composición y funciones.

Tema 28. El Diputado del Común: concepto, naturaleza y régimen jurídico. El Diputado del Común y el Defensor del Pueblo.

Tema 29. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias. El Gobierno de Canarias.

Tema 30. El Consejo Consultivo de Canarias. Naturaleza, régimen jurídico y funciones.

Tema 31. La Audiencia de Cuentas de Canarias. Naturaleza, régimen jurídico y funciones. La Audiencia de Cuentas de Canarias y el Tribunal de Cuentas.

Tema 32. Consejerías del Gobierno de Canarias, clases, organización y competencias.

Tema 33. Las islas como Entes Públicos. Las islas y la Comunidad Autónoma de Canarias. Los Cabildos Insulares: organización y funciones. Tema 34. Los municipios canarios. Organización, régimen jurídico y funciones.

Tema 35. Régimen Económico Fiscal de Canarias. El Impuesto General Indirecto Canario. El Arbitrio sobre la producción e importación de las Islas Canarias.

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