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Visto que el Servicio de Régimen Jurídico con dependencia orgánica y funcional de la Secretaría General Técnica del Departamento, tiene, entre otras, la función de elaboración y supervisión de disposiciones, resoluciones, convenios, instrucciones, ordenanzas, reglamentos y la tramitación y propuesta en materia de recursos administrativos.
Visto el artículo 7.2, apartados a) y d) del Decreto 56/1992, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes, relativos respectivamente a la coordinación y comunicación con Departamentos, organismos y entidades estatales, autonómicas y locales, en materias de carácter general y al estudio y tramitación de las resoluciones de los recursos administrativos contra actos de los órganos superiores del Departamento.
Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de aplicación
R E S U E L V O:
Delegar en el Jefe de Servicio de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Pesca y Transportes las siguientes funciones resolutorias:
1ª) Acuerdos de remisión de expedientes administrativos al Tribunal Superior de Justicia de Canarias en virtud de interposición de recurso contencioso-administrativo y por aplicación de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, modificado por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
2ª) Notificaciones de órdenes departamentales resolutorias de recursos administrativos interpuestos por recurrentes de ignorado domicilio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente delegación de funciones se entiende revocable en cualquier momento, avocándola para mi autoridad. Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 1993.- El Secretario General Técnico, Valeriano Díaz Castro.
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