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BOC Nº 057. Lunes 3 de Mayo de 1993 - 873

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Política Territorial

873 - RESOLUCIÓN de 6 de abril de 1993, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 29 de marzo de 1993, que aprueba el expediente de tasación conjunta, tramitado por el Ayuntamiento de Telde para la obtención de terrenos destinados a dotaciones locales (equipamiento urbano) incluidos en la Unidad de Intervención dos (UI-DOS) del Plan Especial de Reforma Interior de San Gregorio, en el término municipal de Telde (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de marzo de 1993, por el que se aprueba el expediente de tasación conjunta, tramitado por el Ayuntamiento de Telde para la obtención de terrenos destinados a dotaciones locales (equipamiento urbano) incluidos en la Unidad de Intervención dos (UI-2) del Plan Especial de Reforma Interior de San Gregorio, en el término municipal de Telde, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de abril de 1993.- El Director General de Urbanismo, Javier Ruiloba Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 29 de marzo de 1993, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: aprobar, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 219 del R.D.L. 1/1992 y artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación al artículo 18.11 del Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, sobre Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, el expediente de tasación conjunta, tramitado por el Ayuntamiento de Telde (Gran Canaria) para la obtención de terrenos destinados a dotaciones locales (equipamiento urbano) incluidos en la Unidad de Intervención dos (UI-2) del Plan Especial de Reforma Interior de San Gregorio.

Segundo: el presente Acuerdo no presupone aceptación de los compromisos económicos que se imputan en el proyecto a distintas Consejerías del Gobierno Autónomo.

Tercero: el Ayuntamiento de Telde deberá efectuar la publicación a la que se refiere el artículo 219 del R.D.L. 1/1992, en su apartado 3, en el Boletín Oficial de Canarias. Cuarto: la presente Resolución, que implica la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados, deberá notificarse expresamente a los titulares de dichos bienes y derechos, conforme determina el artículo 219.7 del R.D.L. 1/1992, de 26 de junio, sobre Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Quinto: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se notificará al Ayuntamiento de Telde.

Contra este Acuerdo cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de su notificación, que deberá venir acompañado de dos copias, ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso; y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 1958, en relación al apartado 1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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