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Se hace saber a D. Costin Marian Trasnau y a D. Ionel Istrate, que se hallan en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 20/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, por haberse comprobado que el día 28 de enero de 1993, se encontraban en Playa de Las Américas, frente al Jardín Tropical, D. Costin Marian Trasnau y D. Ionel Istrate, realizando la actividad prohibida denominada juego de los triles, en plena vía pública, interviniéndose los siguientes efectos: tres tacos de goma, así como la cantidad de 26.000 pesetas.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85), así como al artículo 1º del Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias (B.O.C.A.C. nº 42, de 11.4.86).
Sancionándose como disponen los artículos 21.2.1.a), 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presenten en su descargo, las alegaciones que tuvieran por conveniente a la defensa de sus derechos.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de marzo de 1993.- El Viceconsejero para las Administraciones Públicas, p.s., Julio Manuel Pérez Hernández (Orden del Consejero, de 19.3.93, B.O.C. nº 35, de 20.3.93).
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