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BOC Nº 046. Martes 13 de Abril de 1993 - 761

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.la Presidencia

761 - ANUNCIO de 24 de marzo de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a D. Apolonio Reyes Yanes, con título de empresa operadora revocado, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 47/92.

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Se hace saber a D. Apolonio Reyes Yanes, con título de empresa operadora revocado, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 47/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de un millón de pesetas, por la instalación y funcionamiento en el Bar Golden Oldies Music, sito en Playa de Las Américas, Urbanización Playa Azul, 335, al haberse comprobado por la Inspección del Juego, según acta de fecha 7 de abril de 1992, que la máquina recreativa tipo “B”, TF-B-9505, perteneciente a la extinta empresa operadora Apolo Juegos Recreativos, se encuentra en explotación, resultando que la citada empresa operadora tiene revocado el título de empresa operadora según Decreto 254/1989, de 19 de octubre, de la Consejería de la Presidencia.

Lo que supone infracción a los artículos 8, 9, 18.1.a) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), tipificada como falta muy grave la explotación de máquinas de juego para personas físicas o jurídicas no autorizadas como empresa operadora a tenor de lo dispuesto en el artº. 39.1, correspondiéndole una sanción de un millón de pesetas de acuerdo con el artº. 42 del referido Decreto 93/1988, y artº. 21.2.1.g) de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre.

Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación previa la comunicación a la Consejería de la Presidencia, exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de marzo de 1993.- El Viceconsejero para las Administraciones Públicas, p.s., Julio Manuel Pérez Hernández (Orden del Consejero de 19.3.93, B.O.C. nº 35, de 20.3.93).

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