Estás en:
Los efectivos de los Cuerpos Docentes no Universitarios precisan acomodarse a las disponibilidades presupuestarias de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 1993 en las cuantías que a tal efecto recoge la Ley 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993.
A tal fin, por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se han iniciado los trámites conducentes a la ampliación de plantillas del citado personal docente para el curso 1993/94.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y Función Pública y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 26 de marzo de 1993,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se fija el número de efectivos de los Cuerpos Docentes no Universitarios al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos que se establecen en el anexo de este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de marzo de 1993.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Blas Gabriel Trujillo Oramas.
A N E X O
Cuerpo de Maestros 11.347 Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria 5.761 Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas 70 Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño 88 Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional 1.122 Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño 50
© Gobierno de Canarias