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Se hace saber a D. Tiberin Techeres y a D. Costin Marian Trasnau, en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 7/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, proponiéndose una sanción de un millón de pesetas, al haberse comprobado que el día 28 de diciembre de 1992, se encontraban en la trasera del Hotel Las Palmeras, realizando la actividad prohibida denominada juego de los triles, en plena vía pública, interviniéndoseles los siguientes efectos: tres tacos de goma, así como la cantidad de 25.000 pesetas.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85), así como al artículo 1º del Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias (B.O.C.A.C. nº 42, de 11.4.86). Sancionándose como disponen los artículos 21.2.1.a), 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de marzo de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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